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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Justicia lenta no es justicia

El uso sistemático del derecho al recurso, aún siendo legal, puede ser letal para la necesaria agilidad y celeridad del proceso

José María Mena

El presidente del Tribunal Supremo ha dicho que las leyes que regulan los procesos penales en España están previstas para los “robagallinas”, pero no para los grandes defraudadores. Con esta frase, aparentemente demagógica, se estaba refiriendo, sin duda, a todos los Bárcenas, Urdangarín, Pujol o los implicados en la trama Gürtel. Y también a Núñez, expresidente del Barça, y posiblemente el mayor edificador de Barcelona, o a Fabra, el del aeropuerto sin aviones, que ya han sido juzgados y condenados. Pero han pasado más de diez años desde que cometieron los hechos delictivos hasta que la condena ha sido firme.

Hay que reconocer que es muy difícil concretar los hechos imputables a personajes tan peculiares como estos, que nunca robaron gallinas. Las pruebas son generalmente documentos que casi siempre están en instituciones oficiales o en entidades financieras. No es extraño que unas y otras se resistan a facilitarlas al juez completas, sin ocultaciones y con celeridad. Y cuando esas pruebas documentales están en el extranjero, las dificultades de las comisiones rogatorias internacionales y, sobre todo, las que plantean los paraísos fiscales, convierten lo que debiera ser una simple acumulación de datos probatorios en una interminable obstrucción de la investigación. Así los procesos se pueden alargar más de diez años.

Una justicia lenta no es justicia, pero una justicia sin garantías tampoco es justicia. Uno de los derechos que deben ser garantizados más cuidadosamente es el de la intimidad personal, la inviolabilidad del domicilio y las comunicaciones. En nuestra más que centenaria ley procesal penal las reglas en materia de intervenciones de las comunicaciones u otras actuaciones similares no son suficientemente precisas. Por eso el efectivo respeto a los derechos de los ciudadanos no se garantiza suficientemente.

Los criterios para valorar la ejecución, duración o terminación de las intervenciones de las comunicaciones o actuaciones similares deben ser estimados por cada juez, según su prudencia y buen hacer. A causa de esa imprecisión de la ley a veces se anulan pruebas imprescindibles y se absuelve a notorios delincuentes, como ocurrió en 1990 con Rosendo Naseiro, primer tesorero del PP imputado, siendo Aznar presidente del partido. Y así ocurrió después cuando Garzón intervino conversaciones muy importantes de la trama Gürtel que fueron anuladas. Garzón fue condenado por el nebuloso e impreciso delito de prevaricación, y expulsado de la judicatura. Los correos de Blesa, descubiertos por el juez Elpidio Silva, corrieron la misma suerte, y el juez, también.

Delinquen convencidos de que, si son descubiertos, sus bien retribuidos defensores alargarán el proceso hasta el infinito

Una garantía esencial del proceso es el derecho a recurrir ante un tribunal superior las decisiones del juez de instrucción, frente a posibles arbitrariedades o excesos de este último. El uso sistemático del derecho al recurso, aún siendo legal, puede ser letal para la necesaria agilidad y celeridad del proceso. Unos excelentes equipos de abogados, economistas y otros expertos, altamente cualificados y retribuidos, son capaces de agotar las posibilidades legales y recurrir hasta lo irrecurrible, consiguiendo la eternización desesperante de los procesos.

Existe una contradicción aparente entre la necesidad de celeridad y eficacia de la justicia, y la necesidad de defensa y garantías de los acusados. Ante esta contradicción se extiende el clamor por la reforma de las leyes. Frente a la corrupción, frente a los delitos complejísimos de los que no roban gallinas, se suele pedir mayor rigor, más penas. Sin embargo es poco probable que aumentar la severidad penal produzca mayor honradez. A ese tipo de delincuentes lo que les frenaría no es la severidad de las penas sino la certeza de su aplicación. Delinquen convencidos de que, si son descubiertos, sus bien retribuidos defensores alargarán el proceso hasta el infinito y que, finalmente, podrán eludir los rigores de una condena efectiva.

Frente a la gran delincuencia económica y de la corrupción no existen suficientes medios en los servicios de la Hacienda Pública para un implacable y total control preventivo de sus defraudaciones, ni para investigar el turbio origen de sus fortunas, y sus correspondientes delitos. Por esta razón a los juzgados no llega toda la información necesaria para la adecuada instrucción y enjuiciamiento de esa compleja delincuencia financiera. Y si llegara, los juzgados no disponen de suficientes medios para asumir ese ingente trabajo. De todo ello deriva la lentitud insoportable de la justicia.

Es necesaria una reforma de las leyes que regulan el proceso penal, venciendo las insuficiencias de su vetustez más que centenaria. Es necesaria una voluntad política de tolerancia cero frente a la gran delincuencia económica y de corrupción, dotando a los servicios de investigación de medios suficientes, dependientes efectivamente de los jueces, libres de toda sospecha de dependencia o mediatización del Gobierno.

José Maria Mena fue fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

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