El fiscal denuncia a dos hombres por ‘tuitear’ a favor de la quema de Iglesias
Los internautas lanzaron un mensaje en favor de incendiar los templos con gente dentro
La Fiscalía de Girona ha denunciado a un vecino de Blanes (la Selva) por publicar, a finales del año pasado, un tuit mostrándose partidario de quemar iglesias con gente dentro en la red social Tuiter y a un edil de ICV de Palafolls (Maresme) por retuitearlo. La denuncia, por un presunto delito relativo al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas, ha sido interpuesta ante el Juzgado de Instrucción numero 5 de Blanes que la ha admitido a trámite. Este delito está castigado con penas de uno a tres años de prisión y multa de seis a doce meses.
El objetivo de la denuncia fue el siguiente tuit: “Quemar Iglesias me parece una barbaridad si no hay nadie dentro”. Fue publicado el 25 de diciembre de 2013 por el vecino de Blanes y retuiteado ese mismo día por el concejal de Iniciativa en Palafolls. El 31 de diciembre, agentes del Cuerpo Nacional de Policía comunicaron a la Fiscalía de Barcelona que el periódico digital “Maresme Actiu” publicaba una información que hacía referencia al retuiteo por parte del concejal ecosocialista de Palafolls. Al tener conocimiento que el autor originario del mensaje era de Blanes, la fiscalía barcelonesa remitió las diligencias de investigación a la de Girona. Paralelamente, otra persona presentó denuncia en Arenys de Mar por el mismo tuit, que fue recogido por la Fiscalía.
El fiscal de Girona encargado del caso formuló denuncia ante el Juzgado de Instrucción numero 5 de Blanes al considerar que de la documentación aportada, podía resultar la comisión de un delito relativo al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas garantizado por la Constitución. El acusador público solicitó la práctica de varias diligencias. Concretamente, pidió al juez que tomara declaración a ambos sospechosos en calidad de imputados, que mande un requerimiento a la red social Tuiter para que identifique a los dos usuarios y la dirección IP desde la que se publicó el tuit y que las compañías telefónicas identifiquen a los titulares de las direcciones IP. El juzgado ha abierto diligencias de investigación y ha mandado el requerimiento a Tuiter.
El artículo 510 del Código penal dispone que “los que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, si origen nacional, su sexo, enfermedad o minusvalía, serán castigados con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses”.
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