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Varios juristas rebaten la absolución por el asedio al Parlamento catalán

Las críticas se centran en que el acoso a los diputados queda impune en la sentencia dictada por la Audiencia Nacional

Diputados de ICV protegidos por los Mossos para acceder al Parlament.
Diputados de ICV protegidos por los Mossos para acceder al Parlament.GIANLUCA BATTISTA

Diversos juristas de sensibilidades distintas coincidieron ayer en rebatir la sentencia de la Audiencia Nacional que absuelve a los 19 acusados por el asedio al Parlamento catalán. Las críticas se centran en que quede impune el comportamiento de los manifestantes que intentaron impedir que los diputados acudiesen a la Cámara el 15 de junio de 2011.

Mercedes García Arán, catedrática de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Barcelona, distingue el aspecto jurídico de la sentencia de la vertiente política, lo mismo que hace José María Mena, ex fiscal jefe de Cataluña. “Que se chille, incluso que se insulte a los diputados, les va en el sueldo, eso forma parte de la libertad de expresión, pero no me gusta el mensaje de que se les puede agredir para evitar que vayan al Parlamento”, señala García-Arán. “Creo que en ese último aspecto el tribunal hace una aplicación muy generosa del derecho de reunión y manifestación al amparo de una sentencia del Tribunal Constitucional sobre unos piquetes de huelguistas”, apunta la jurista.

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En el mismo sentido, José María Mena considera que “el tribunal no ha valorado suficientemente la importancia que tiene la defensa de una institución democrática como es el Parlamento, porque lo que se ha conculcado es la libertad de los diputados para acudir a la Cámara sin ser acosados”. Mena alaba la larga motivación que hace la sentencia del derecho de manifestación y de la invisibilidad social de los colectivos que protestaban, pero sostiene que era innecesaria para absolver a los procesados, porque bastaba con el argumento jurídico de que no se les ha identificado. “El juez [Ramón Sáez, ponente] se ha metido él solo en un jardín y de ahí le vienen las críticas”, dice.

Otra cosa es la participación en los hechos de los 19 acusados, para los que se solicitaban penas de hasta cinco años de cárcel. Mena recuerda que el voto particular del magistrado Fernando Grande-Marlaska reclama una condena para los 10 únicos que han sido identificados. “Le toca al Tribunal Supremo determinar si la valoración de la prueba que ha hecho la Audiencia Nacional es racional o no, pero yo veo difícil que se haga otra valoración”, añade. La Mesa del Parlamento catalán aprobó anoche con los votos a favor de CiU, PP y PSC recurrir la sentencia, como harán la fiscalía y la Generalitat.

Más contundente es Gonzalo Quintero, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Rovira i Virgili de Tarragona y uno de los redactores del Código Penal de 1995. “El delito es muy claro. El Parlamento es una institución del Estado, no se estaba gritando debajo de la ventana de la casa de un político. La falta de respeto al poder legislativo me parece inadmisible, con independencia de si acertó o no la policía con los detenidos”. En su opinión, no corresponde a la justicia ordinaria interpretar la flexibilidad del derecho de manifestación, sino al Tribunal Constitucional.

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José María Fuster-Fabra, abogado penalista curtido en decenas de juicios en la Audiencia Nacional, se pregunta: “¿No hubiera sido distinta la reacción a la sentencia si los acusados fuesen manifestantes fascistas?” El letrado coincide con el voto particular y entiende que la salida pasa por que el Supremo anule el juicio y ordene repetirlo “porque será muy difícil condenar a los absueltos”. García-Arán, por su parte, vaticina que será “complicado” que se ratifique la sentencia absolutoria.

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