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El TSJA desestima la petición de recusación por el caso del Algarrobico

El alto tribunal argumenta que no se dan los requisitos exigidos

Bañistas pasean ante el hotel El Algarrobico.
Bañistas pasean ante el hotel El Algarrobico.francisco bonilla

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) desestimó este martes la recusación contra tres magistrados del alto tribunal que deben decidir sobre la licencia de obras del hotel El Algarrobico, en Carboneras (Almería). La organización Salvemos Mojácar había presentado el incidente de recusación, al que se sumó la Junta de Andalucía, pero que contaba con el rechazo de la promotora Azata del Sol, el Ayuntamiento del municipio y la Abogacía del Estado.

En una reunión celebrada en Granada, la sala ha deliberado sobre el incidente y ha concluido con la desestimación. Todo después de que Salvemos Mojácar interpusiera una querella contra los tres magistrados por la posible comisión de un delito de prevaricación.

Los ecologistas reclaman a la Junta, propietaria del suelo, que intervenga

Según informa el TSJA, no consta que la querella presentada haya sido admitida a trámite por el Tribunal Supremo, y la ley recoge como causa de recusación estar o haber sido denunciado o acusado por alguna de las partes como responsable de algún delito o falta. Lo único que consta en el expediente es un requerimiento al querellante para que un plazo de 10 días aportara un poder especial, pero no consta que se subsanara, de ahí la desestimación.

De este modo, los jueces, que son el presidente y dos magistrados de la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA con sede en Granada, no han sido apartados y tendrán que decidir sobre la validez o no de la licencia de obras del hotel, que se vio en una vista celebrada el pasado enero. La Abogacía del Estado y la Junta de Andalucía solicitaron su revisión de oficio por considerar nulo el acto.

Más de una década de litigios

3 de marzo de 2003. Carboneras (Almería) concede la licencia de obra.

30 de abril de 2005. Ecologistas solicitan al fiscal que investigue.

17 de noviembre de 2005. El BOE publica que la zona de deslinde de costa que afecta al hotel es de 100 metros.

2 de diciembre de 2005. Costas inicia la expropiación del hotel.

22 de febrero de 2006. Un juez paraliza de forma cautelar la obra del complejo hotelero porque podría vulnerar la ley de Costas.

30 de marzo de 2006. Obras Públicas impugna ante el juzgado la licencia municipal para construir el hotel.

10 de mayo de 2006. La Junta anuncia que ejercerá su derecho de retracto y comprará las parcelas.

5 de septiembre de 2008. Un juzgado declara ilegal la licencia de obras.

4 de noviembre de 2010. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) desestima el recurso de súplica del Ayuntamiento de Carboneras contra la decisión de prohibir cualquier actuación urbanística en el sector

27 de marzo de 2012 El Tribunal Supremo dictamina que el hotel vulnera la Ley de Costas al invadir parcialmente la zona de protección del dominio público marítimo-terrestre.

5 de julio de 2012. El Gobierno central y la Junta recuperan el consenso para demoler el hotel.

8 de enero de 2014. El TSJA rechaza los recursos de la constructora del hotel y confirma que la propiedad del suelo en el que se asienta es de la Junta.

25 de marzo de 2014. El TSJA dictamina que el suelo del hotel de El Algarrobico es urbanizable

Desde entonces no hay sentencia, si bien el caso del polémico hotel no ha hecho más que complicarse. Poco después de esa vista, el TSJA emitió una sentencia contraria a otra previa del mismo tribunal, pero de distinta sección. Según el TSJA era urbanizable el espacio en el que se construyó el hotel, aunque en sentencias previas había sido considerado no urbanizable. Un conflicto que ha de dirimir el Tribunal Supremo.

Fue tras hacerse pública la última sentencia —la que declara el terreno urbanizable—, cuando se presentó la recusación, que el TSJA ha desestimado. Se formuló después de celebrarse la vista oral contra la sentencia de 2008 de un juez de Almería que anuló la licencia de obras del hotel. El alto tribunal debe resolver aún sobre ese asunto.

La promotora y el Ayuntamiento de Carboneras creen que la recusación se ha utilizado como “maniobra procesal”, ya que los recurrentes discrepaban de un fallo que emitieron los magistrados implicados. El abogado del Estado se opuso al incidente de recusación puesto que no estaba admitida a trámite la querella y se había formulado después de la vista de enero.

El colectivo conservacionista también ha presentado queja ante el Consejo General del Poder Judicial contra estos jueces. Ellos presentaron la querella por los cambios de sección que tuvo el asunto en el reparto.

Tras conocer ayer la decisión del TSJA de no apartar de la causa a los magistrados, el portavoz de Salvemos Mojácar, Jaime del Vall, confió en que los jueces no se “aferren” a los pleitos relativos a este hotel. “Nos extrañaría que estos jueces pidieran seguir a cargo de estos pleitos y de hacerlo tendrían que explicar por qué quieren acaparar esa posición, por qué se aferran a ellos cuando existe una oposición social a que sigan a cargo de los mismos”, declaró este martes a Efe.

Vall anunció que recurrirá todos los procesos en los que estos jueces “se atrevan a fallar a favor del hotel” y reclamó a la Junta de Andalucía que recurra puesto que es la propietaria de los terrenos.

Los fallos contradictorios de la Sala de lo Contencioso Administrativo de Granada han aumentado el embrollo judicial del caso. Si en 2012 la sección primera dijo que el hotel se había levantado en un área en el que estaba prohibido construir, en 2014 la sección tercera consideró urbanizable el mismo suelo. Después llegó la recusación y recaló el tema en el Supremo.

Todavía, en el alto tribunal andaluz, está por decidir si se ordena o no la revisión de oficio de la licencia, que fue concedida en 2003 a la promotora, a la que se le paralizó el proyecto en 2006, cuando estaba casi finalizado.

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