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La fiscalía alerta del incumplimiento de las órdenes de derribo de viviendas

Un inventario detecta 37 casas en Cádiz que siguen en pie pese a tener condena

Derribo de una vivienda ilegal en 2009 en Chiclana, Cádiz.
Derribo de una vivienda ilegal en 2009 en Chiclana, Cádiz. eduardo ruiz

La Fiscalía de Cádiz ya tiene ultimado un inventario de sentencias con órdenes de derribo de viviendas ilegales sin ejecutar en el área de la bahía y la comarca de la Janda. La fiscal jefe, Ángeles Ayuso, se propuso a finales de 2012 realizar este listado para demostrar una queja que se ha convertido en crónica: la escasa ejecución de estas condenas. Llegar al derribo es algo excepcional para las casas irregulares. En la mayoría de los casos la demolición termina por evitarse debido fundamentalmente a la enorme maraña judicial y de trámites, la aplicación de diversos criterios, la dejadez municipal o la falta de medios.

Según los datos de este inventario, de las 43 órdenes para tirar construcciones sin licencia, solo se han ejecutado cuatro en los últimos cuatro años. Las demás resisten el peso de la justicia. De las 39 restantes, solo en dos ocasiones la demolición ha sido ya completamente descartada. Por lo tanto, quedan otras 37 demoliciones pendientes que, por diferentes razones, siguen aguardando una resolución definitiva o el momento en que las máquinas actúen. En el inventario de la fiscalía se ve reflejada la enumeración de cada uno de los procedimientos judiciales, algunos de ellos se remontan hasta el año 2007.

Ayuso se propuso realizar este inventario para dimensionar un problema real al que se enfrentaba la Fiscalía de Medio Ambiente. Sus peticiones de derribo de viviendas ilegales empezaban a tener una acogida satisfactoria entre los jueces.

El informe refleja

Por ejemplo, durante mucho tiempo la justicia impidió las demoliciones atendiendo el criterio de que en un futuro, con las revisiones de los planes generales, los suelos donde habían proliferado viviendas sin licencia, podían ser recalificados y eso podría resolverse iniciando un proceso de legalización. Algunas sentencias atendieron el criterio de la fiscalía de que la casa debe ser demolida independientemente de su futuro urbanístico porque en el momento de ser construida su promotor se saltó la ley.

Pero la llegada de sentencias firmes de derribo no ha ido en paralelo a su ejecución. Tal como sospechaba Ayuso antes de encargar este inventario, la mayoría de esos fallos judiciales no se han ejecutado.

Y en muy raras ocasiones, un dueño ha tirado su propia casa. Pero la fiscalía detecta que tampoco los Ayuntamientos realizan esta tarea. En algunos casos, como este, ha llegado a utilizar el argumento de que los actuales inquilinos necesitan esas casas para vivir porque, en realidad, algunas de las viviendas con órdenes de derribo se han convertido en primera residencia, aunque en su origen no lo fueran.

La fiscalía lamenta no obstante que los Ayuntamientos asuman ese papel protector cuando durante años permitieron que en sus términos municipales se levantaran estas casas sin cortapisas. “Entre ellas está la construcción de algunas casas de 200 metros cuadrados e incluso la construcción de adosados en grupo”, se lee en el texto del informe.

En este caso, el inventario recoge los datos del área de la bahía de Cádiz y la comarca de la Janda, pero la fiscalía de Jerez y Algeciras también están elaborando sus propios informes. La obtención de esta información tan concreta servirá para conseguir el propósito que se marcó hace ya año y medio la fiscal jefe de Cádiz. Que las Administraciones y el Poder Judicial conozcan la dimensión del problema y tomen conciencia de las dificultades para hacer frente, con la ley en la mano, al urbanismo ilegal.

Entre todos tendrán que resolver la suma de viviendas que todavía siguen en pie por razones bien diferentes. Este listado, como anticipo, analiza caso a caso. Por ejemplo, la fiscalía presentó recurso contra un auto del Juzgado de lo Penal 4 de Cádiz que suspendía la demolición de una construcción por dos años contados desde el 23 de mayo de 2012.

El juez argumentaba que daba este plazo de cortesía por si en este plazo cambiaba la calificación jurídico-urbanística del terreno. La fiscalía cree que esta decisión no tiene fundamento legal y la Audiencia Provincial de Cádiz emitió el 29 de junio de 2012 un auto confirmando una demolición acordada por el Juzgado de lo Penal 5.

Algunas de las construcciones se han convertido en primera residencia

Para la fiscalía este tipo de apelaciones son maniobras de los propietarios para dilatar en el tiempo una sentencia firme, de manera que se pueda evitar el derribo si en ese tiempo ha cambiado la calificación de los suelos y se ha hecho edificable toda la zona donde radica la construcción.

Por ello, en su inventario, la fiscalía es especialmente crítica contra la actuación de los Ayuntamientos. Ante otro juzgado, un Ayuntamiento —tampoco identificado— llegó a pedir la suspensión de la demolición porque su uso había cambiado. El ministerio público cree que cuando un Consistorio actúa así está asistiendo a un condenado por un delito. La legislación marca que debe ser el propietario el que ejecute ese derribo y, en caso subsidiario, es el Ayuntamiento el que debe hacerlo.

Y entre otras maniobras dilatorias, el ministerio público también ha encontrado recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional o incluso peticiones de indulto ante el Ministerio de Justicia, medida de garantía a la que se oponen tajantemente desde la fiscalía. Los jueces gaditanos tampoco las han atendido de momento.

La consejera de Fomento y Vivienda de la Junta, Elena Cortés, que ayer estuvo en Cádiz, dijo respecto al inventario que esta competencia corresponde a Medio Ambiente y Ordenación del Territorio pero reconoció la dificultad de aplicar algunas normas. “Es algo complicado pero cuando se aprueban leyes es para que se cumplan”, resolvió. Instó además a que, en la medida de lo posible, se busquen mecanismos “para que el cumplimiento de la ley sea efectivo tal y como lo ha planteado la Junta de Andalucía desde Ordenación del Territorio”, dijo.

Demoliciones pendientes

  • El juzgado de lo penal 1 de Cádiz tiene 14 órdenes pendientes. Dos derribos se han ejecutado. En otra resolución sin ejecutar, se advierte al propietario de que está incurriendo en un delito.
  • El juzgado de lo penal 2 tiene cinco ejecutorias. Entre ellas, hay una en la que se apercibe al Ayuntamiento a demoler cuanto antes.
  • El juzgado de lo penal 3 ha atendido seis órdenes de derribo. Una sola se ha ejecutado. Los demás requerimientos siguen sin atenderse todavía.
  • El juzgado de lo penal 4 estudia ocho ejecutorias con demolición. En una de ellas el juez ha suspendido la demolición en atención a una posible recalificación de los suelos.
  • El juzgado de lo penal 5 acumula 15 órdenes de derribo. Solo una de las construcciones ha terminado demolida. En uno de los casos, el Ayuntamiento afectado ha llegado a pedir la suspensión de la demolición, algo que indigna a la fiscalía.
  • La Audiencia Provincial, en su sección cuarta, tiene dos ejecutorias acumuladas. Una se ha resuelto con la demolición ya ejecutada y otra con una desestimación de la súplica para evitar el derribo de 2012. Aunque se incoó en 2007, la construcción sigue en pie.

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