Rechazada la recusación del juez de Emarsa pedida por la familia Crespo
La familia del exalcalde de Manises intentó apartar al magistrado de la investigación
La rama de la lotería del caso Emarsa, que indaga si el exalcalde del PP de Manises y exvicepresidente de la Diputación de Valencia, Enrique Crespo, utilizó a su familia para ocultar más de 12 millones de euros del segundo premio del sorteo de Navidad de 2011, regresa al juez instructor que tiró del jugoso hilo, Vicente Ríos.
La sección primera de la Audiencia de Valencia ha tumbado el intento de recusar al magistrado que investiga esta pieza separada de la causa sobre el monumental saqueo de la sociedad pública que depuraba las aguas residuales de la provincia.
El tribunal respalda la imparcialidad de Ríos. Y justifica su negativa a apartarle por la falta de argumentos de la recusación. “Únicamente siembra dudas. No se expresan realidades objetivas”, recoge el auto de la Audiencia conocido este miércoles.
La familia Crespo maniobró para expulsar a Ríos el pasado febrero. El exvicepresidente de la Diputación de Valencia, su hermano y sus padres están imputados desde noviembre de 2012 en la denominada pieza de la lotería. Se les atribuye un presunto delito de alzamiento de bienes. La investigación sospecha que el exalcalde recurrió a su familia para esconder un millonario botín y eludir la posible responsabilidad civil por el caso Emarsa, en el que el juez le impuso una fianza solidaria y conjunta con otro imputado de 25 millones de euros. Según los indicios, Crespo portaba 100 décimos del número agraciado con el segundo premio del sorteo de Navidad (12,5 millones) y no uno como aseguró al juez.
La investigación de la pieza viró tras la declaración por sorpresa del interventor de Manises, Francisco Javier Biosca. El funcionario aseguró al juez el pasado febrero que Crespo presumió del multimillonario premio en una Junta de Gobierno Local en diciembre de 2011. Ríos rastreará de nuevo a partir del próximo lunes la fortuna del controvertido político.
La Audiencia de Valencia rechaza de plano la recusación pedida por los Crespo al entender que la actuación del juez "no compromete su imparcialidad", ya que ha ordenado "actos de investigación o de instrucción absolutamente objetivos y plenamente encaminados a establecer si los hechos denunciados se han producido o no, sin otro tipo de interés directo o indirecto".
Además, señala que la "apariencia de imparcialidad es un elemento fundamental en todo proceso", pero que dicha apariencia "no debe confundirse con la exigencia de que la actuación del juez deba ser conforme a los intereses partidistas, como parecen pretender los recusantes".
"Para que un juez pueda ser apartado del conocimiento de un asunto es necesario que existan sospechas objetivamente justificadas que permitan llegar a la conclusión de que no es ajeno a la causa", añade la Audiencia, que condena a los recusantes a pagar las costas del procedimiento.
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