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Condena al Sergas por no informar de las consecuencias de una operación

Tendrá que pagar una indemnización de 20.000 al afectado El paciente "no presentó mejoría y continuó con dolor intenso", según el fallo

Un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela ha condenado al Servizo Galego de Saúde (Sergas) a abonar 20.000 euros a un paciente de Pontevedra por falta de consentimiento informado en una cirugía de columna. Según informa la Asociación El Defensor del Paciente, los hechos sucedieron en 2003 cuando Y.D.D., de 30 años de edad, se sometió a una intervención quirúrgica de hernia discal, puesto "que padecía un cuadro de lumbalgia y lumbociatalgia que no cedía con tratamiento conservador".

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El paciente fue operado por el Servicio de Traumatología del Complexo Hospitalario de Pontevedra, siendo "reintervenido a los pocos días" tras presentar en el postoperatorio cojera y adormecimiento de los dedos del pie derecho, según relata la asociación. Tras la nueva intervención, el paciente "no presentó mejoría, continuó con dolor intenso y tratamiento paliativo para el dolor", abunda la asociación, que recuerda que "se le diagnosticó aracnoiditis crónica post-laminectomía". El afectado, según El Defensor del Paciente, entendió que la intervención le "generó más daño que el que presentaba previamente y que había habido mala praxis", además de no haber sido informado "de las posibles secuelas de la misma".

Tras acudir a El Defensor del Paciente, el paciente formuló demanda contra el Sergas que, ha sido condenado a indemnizarle con la suma de 20.000 euros porque "no consta en la historia clínica la existencia del preceptivo consentimiento informado para la primera cirugía, así como para la reintervención", según precisa la asociación. Sin embargo, no se ha podido probar la mala praxis, según puntualiza el abogado de la asociación Cipriano Castreje, "porque el Sergas no ha aportado la totalidad de la historia clínica al haber ésta desaparecido en un incendio".

Según concreta la asociación, falta "prácticamente la totalidad de la historia del paciente, de forma especial las hojas quirúrgicas", así como "otro documento relevante que, pudiendo ser examinado por perito, determinase la correcta o incorrecta praxis médica". El juzgado, según indica el abogado, consideró que la carga de probar la existencia del consentimiento informado era del Sergas y, al no conseguir probar su existencia, le condena a indemnizar como daño moral en la suma de 20.000 euros al paciente afectado.

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