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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Razones de una disidencia

Quizá los tres diputados del PSC consideraron que votarían contra su nación si no votaban con los nacionalistas

Francesc de Carreras

Los tres diputados socialistas que han roto la disciplina de partido en el Parlament han justificado sus razones sobre todo con tres argumentos: primero, la posición del grupo parlamentario era contraria al programa electoral; segundo, su voto discrepante es un reflejo de la mayoría del electorado; tercero, han votado en conciencia. Analicemos cada uno de esos argumentos.

Ciertamente, el programa electoral sostenía que el PSC era partidario de celebrar una consulta, siempre que fuera legal y pactada con el Gobierno de España sin explicitar la vía por la cual se optaba. Lo que se votó en el Parlament es una propuesta legal en su primera fase —una iniciativa legislativa en virtud del artículo 87.2 de la Constitución— pero muy dudosamente ajustada a derecho tras escoger la vía del artículo 150.2 y, en todo caso, para nada pactada con el Gobierno.

En lo referente a esta última cuestión puede alegarse que la propuesta va encaminada a alcanzar el acuerdo en el Congreso y, por tanto, en cierta manera, se pretende cumplir con el requisito de que la consulta sea pactada. Ahora bien, examinado el fondo del asunto, es decir, la pretensión de utilizar la vía del art. 150.2 de la Constitución, todo parece indicar que se trata de un órdago de las formaciones soberanistas para alcanzar una negativa del Congreso y así reforzar el victimismo. El PSC alega con razón que no se busca pacto alguno, sino todo lo contrario. Por tanto, no parece que este sea un argumento que justifique la indisciplina de voto.

El segundo argumento sostiene que “una mayoría de la población catalana quiere votar en esta cuestión” y, por tanto, el PSC debería alinearse con esa mayoría. Tampoco parece muy consistente. Es verdad que los sondeos —¿fiables?— indican que una gran mayoría quiere votar, sea en sentido positivo o negativo. Pero nada indica cómo proponen hacerlo: de forma legal o ilegal, acordada o unilateral, entre otras variantes.

¿Debe un partido defender las ideas de una supuesta mayoría o debe intentar atraer a esta mayoría a sus posiciones?

Además, el argumento es especialmente incorrecto desde otro punto de vista. ¿Debe un partido defender las ideas de una supuesta mayoría o debe intentar atraer a esta mayoría a sus posiciones? Los discrepantes utilizan un argumento muy conservador. “¿Adónde va Vicente? A donde va la gente”. Este dicho, que me repetían en el colegio para que en la vida mantuviera mi propia personalidad y no me dejara arrastrar por los demás, parece ser el invocado por los diputados disidentes. ¿Se da más valor a salir elegido diputado que a ser fiel a los propios principios? Quizás no sea casualidad que dos de estos diputados hayan sido alcaldes de municipios situados en zonas predominantemente nacionalistas y la tercera haya tenido responsabilidades en el PSC de Girona.

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El tercer y último argumento, también falto de consistencia, es también muy significativo: el derecho a votar en conciencia. El voto en conciencia tiene un carácter excepcional y solo está reservado para aquellos casos en que el sentido del voto puede afectar a convicciones muy profundas que pueden poner al diputado en un grave compromiso moral. Un caso puede ser, por ejemplo, la legislación sobre el aborto para un diputado católico que quiere seguir los mandatos de la iglesia a la que pertenece. ¿Puede en ese supuesto alegar que sus convicciones religiosas están por encima de la disciplina del partido o del grupo parlamentario? Quizás ahí estaría justificado que el grupo parlamentario le permitiera votar en conciencia, aunque también se le podría sugerir que no asistiera a la sesión parlamentaria, que renunciara al escaño o se diera de baja del partido.

Sin embargo, en un caso en el que se trata de aprobar una iniciativa legislativa para que el Congreso adopte una proposición de ley acerca de la celebración de una consulta sobre el futuro político de Cataluña, no veo posibilidad alguna de alegar motivos de conciencia. O quizás sí, y por eso he dicho que este era un argumento significativo. El nacionalismo se basa en las creencias, en la fe, no es laico, no está basado en las ideas. Al no votar junto a los partidos nacionalistas, quizás los tres diputados discrepantes han considerado que traicionarían a su nación, serían infieles a su pueblo, que está muy por encima de la disciplina de partido. Probablemente, al invocar la conciencia de manera espontánea, sincera y algo ingenua, han revelado el carácter para-religioso de las ideas nacionalistas.

Los partidos deben ser más democráticos: cierto. Para ello se necesitan reformas: cierto también. Pero hasta que no lleguen, las reglas son las que son y la democracia en los partidos consiste en discutir internamente en los órganos correspondientes y acatar en el Parlament las decisiones adoptadas, si procede, mediante el voto en el partido, más todavía si la mayoría en el máximo órgano del partido alcanza el 85%. La disidencia puede ser una forma de lealtad al partido porque este debe ser un colectivo de debate. Pero la indisciplina parlamentaria, en nuestro actual sistema, es una forma de deslealtad.

Francesc de Carreras es profesor de Derecho Costitucional

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