Europa ve legal que Vueling cobre un recargo en la facturación de equipaje
El fallo avisa que las aerolíneas deben comunicar a los clientes las tarifas de manera clara
El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Yves Bot, ha dictaminado que el cobro por parte de Vueling de un recargo por la facturación de equipajes no vulnera las normas de la UE. El fallo responde a una denuncia de una ciudadana española contra la aerolínea por haberle aplicado en 2010 un recargo de 40 euros al precio de sus billetes de avión por la facturación en línea de dos maletas.
La afectada alegó que el contrato de transporte aéreo con Vueling estaba viciado por una cláusula abusiva. Posteriormente, el Instituto de Consumo de Galicia impuso a Vueling una sanción administrativa de 3.000 euros. El caso acabó ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ourense, que planteó una cuestión prejudicial al TJUE. El abogado general afirma que el derecho de la UE "reconoce a las compañías aéreas una libertad de fijación de precios que abarca el conjunto de los servicios comerciales ligados a la ejecución del contrato de transporte aéreo, incluidos los servicios como la facturación de las maletas". "Por lo tanto, en cuanto a la fijación de precios por los equipajes facturados, las compañías aéreas pueden optar por incluir el coste de este servicio en el precio base del billete de avión o por ofrecer el servicio con un suplemento opcional del precio", apunta el fallo. Esta interpretación, prosigue, no es aplicable al equipaje de mano, ya que la compañía aérea debe transportarlo gratuitamente.
No obstante, el fallo avisa que las aerolíneas deben comunicar a los clientes las tarifas de este servicio de manera clara, transparente y sin ambigüedades al comienzo del proceso de reserva, mediante una opción explícita de aceptación y precisa que corresponde a las autoridades nacionales competentes verificar que, al cobrar por la facturación de los equipajes, las compañías aéreas cumplen sus deberes en lo que se refiere a la protección de los derechos del consumidor. Por lo tanto, en el presente asunto corresponderá al órgano jurisdiccional nacional comprobar si Vueling ha respetado estas exigencias respecto a la ciudadana denunciante.
Este dictamen del abogado general no vincula al Tribunal de Justicia de la UE, aunque éste suele seguir sus recomendaciones en el 80% de los casos. Ahora los jueces empiezan a deliberar y la sentencia definitiva se conocerá en los próximos meses.
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