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Mercedes Alaya pinchó el móvil del ex consejero delegado del Betis

La Guardia Civil admitió un error al intervenir las conversaciones La juez alegó dificultades para localizar a Oliver y que pretendía “ahondar en la investigación”

Javier Martín-Arroyo
Luis Oliver, ex consejero delegado del Betis.
Luis Oliver, ex consejero delegado del Betis.julián rojas

La juez Mercedes Alaya intervino el teléfono móvil del empresario y ex consejero delegado del Betis Luis Oliver con el argumento de que debía localizarle y la Guardia Civil tenía dificultades para ello. La magistrada adoptó bajo secreto esta medida excepcional en octubre de 2011, al alegar que necesitaba “ahondar en la investigación” y que era una persona de “difícil localización”. Para justificar el pinchazo, la Unidad de Delincuencia Económica de la Guardia Civil adujo que Oliver se encontraba en paradero desconocido y estaba en busca y captura de un juzgado de Santander. Sin embargo, dicha orden había caducado hacía meses y este error que fundamentaba la drástica medida se produjo “en la base de datos de la Guardia Civil”, según sostuvo el teniente que llevó a cabo las escuchas. Pero las intervenciones del móvil continuaron y el juzgado las prorrogó.

Alaya ratificó las escuchas en un auto dos semanas después de pinchar el teléfono del empresario porque este era “una persona de difícil localización por sus continuos viajes al extranjero y en el interior del país”. Y el teniente ilustra la dificultad para localizar a Oliver al explicar que estuvo el 11 de octubre en Zaragoza, el 12 en Madrid y el 13 en Bilbao, pero elude explicar por qué si conocía su paradero no pudo comunicarse con él para requerir su presencia en el juzgado. Además, las Fuerzas de Seguridad del Estado pueden localizar a alguien gracias a la posición del terminal por GPS, sin necesidad de escuchar las llamadas. Alaya conocía asimismo la identidad de su abogado, ya que este había presentado escritos en su juzgado para intentar su personación. Pero el letrado no fue contactado para localizar a su cliente.

La transcripción de las escuchas fue incorporada con varios meses de retraso a la causa que instruyó Alaya contra Oliver por supuesto delito societario y apropiación indebida, y que ahora dirige el juez sustituto Álvaro Martín. Alaya inició esta causa tras la compra de acciones de Oliver al anterior máximo accionista Manuel Ruiz de Lopera, y su investigación se ha centrado en los traspasos de futbolistas supuestamente irregulares y por forzar al Betis a contratar servicios externos con empresas vinculadas a él mismo para que así le reportaran beneficios. Sin embargo, hoy está previsto que acudan tanto Oliver como Lopera al juzgado, pero para declarar ante Alaya en la causa troncal del Betis que investiga la gestión del segundo.

La intervención telefónica propició una nueva línea de investigación a la UCO sobre el pago de comisiones en operaciones de compra-venta de futbolistas. El pinchazo incluía instrucciones de Oliver para silenciar ciertas declaraciones judiciales de testigos y evitar que le perjudiquen, junto a conversaciones cotidianas y de negocios del empresario con familiares, conocidos y socios. Y también 10 diálogos con su abogado, al que expone de manera repetida su convencimiento de que tiene el teléfono intervenido. A pesar de ello, el empresario carga contra la juez con insultos y gruesos términos. “Es una prevaricadora, menos torturar a la gente, de todo (…) Le va a pasar como al juez Garzón, que le metieron una querella y le cayeron cuatro. La UCO (Unidad Central Operativa) no está para muchas tonterías, con lo de Marta Domínguez”.

Seis meses antes, el empresario había cargado contra la juez, captado por un micro abierto en una televisión. “Ni los nazis hacían lo que hace esta loca”, esgrimió Oliver contra Alaya, insultos por los que una juez le condenó posteriormente a una multa de 4.500 euros.

La fiscalía fue informada del pinchazo con 19 días de retraso, a pesar de que estas medidas bajo secreto suelen ser comunicadas de manera inmediata al ministerio público. Cuando tuvo conocimiento de la intervención, la fiscalía recurrió la medida, pero al día siguiente Alaya desestimó el recurso y una semana después la juez interrumpió las escuchas.

La defensa de Oliver solicitó la nulidad de las escuchas telefónicas porque dañaban sus derechos constitucionales a la buena defensa y al estar incluidas las comunicaciones del empresario con su abogado, y haberse decretado las intervenciones al margen de la fiscalía. El abogado del empresario presentó un incidente de nulidad ante Alaya, que esta tumbó, para luego elevar el recurso de apelación ante la Audiencia. Y la pasada primavera, los jueces desestimaron el recurso de apelación que interpuso Oliver, pero sin valorar si la actuación de Alaya era o no ajustada a derecho. Mientras, el fiscal Emilio Llera, hoy consejero de Justicia, había respaldado a la juez al considerar conveniente el pinchazo, “incluso tratándose de las conversaciones que un imputado pueda mantener con su abogado”. “No podrán utilizarse como fuente de prueba de cargo”, precisó Llera.

“El recurso de apelación resulta inadmisible y así debió declararse por el juzgado de instrucción, dado que contra la resolución que resuelve el incidente de nulidad no cabe recurso alguno”, zanjaron los magistrados de la Sección Primera. Eso sí, Oliver podrá esgrimir la posible nulidad de la intervención telefónica durante el acto del juicio, si este se llega a celebrar.

El problema fundamental del pinchazo de Alaya es que todas las medidas judiciales deben ser proporcionadas y una intervención telefónica es una medida excepcional. El artículo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal explica qué razones pueden justificar un pinchazo telefónico. “El juez podrá acordar, en resolución motivada, la intervención de las comunicaciones telefónicas del procesado, si hubiere indicios de obtener por estos medios el descubrimiento o la comprobación de algún hecho o circunstancia importante de la causa”. La duda recae sobre esos indicios previos, y las fuentes consultadas discrepan sobre la justificación de la drástica medida cuando muchos de los viajes de Oliver eran relatados por la prensa sevillana. “La juez está justificando las intervenciones en una finalidad no prevista por la ley. Además, los delitos económicos [por los que se investiga a Oliver] dejan huella siempre a través de documentos. Hay una finalidad oculta y espuria al margen de la localización. Es una investigación genérica a ver si cae algo”, censuran fuentes jurídicas. Otras fuentes consultadas discrepan: “El auto es bueno y si las comunicaciones con su abogado no se van a utilizar, no le veo problema y estaría conforme a Derecho. Además, la Audiencia ya se ha pronunciado y ha dicho que es correcta la intervención”.

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Sobre la firma

Javier Martín-Arroyo
Es redactor especializado en temas sociales (medio ambiente, educación y sanidad). Comenzó en EL PAÍS en 2006 como corresponsal en Marbella y Granada, y más tarde en Sevilla cubrió información de tribunales. Antes trabajó en Cadena Ser y en la promoción cinematográfica. Es licenciado en Periodismo por la Universidad de Sevilla y máster de EL PAÍS.

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