Interior anula 125 sanciones de la ‘primavera valenciana’
Las multas no las firmaron los agentes que vieron los hechos sino un superior
La Subdirección General de Recursos del Ministerio del Interior ha anulado 125 sanciones de multas interpuestas por la Delegación del Gobierno a participantes en la concentración ante el complejo de Zapadores de Valencia, dentro de las protestas conocidas como primavera valenciana, que se llevó a cabo el 17 de febrero de 2012, al considerar que no existe "prueba de cargo suficiente" del hecho sancionado, ya que las denuncias no las formularon los agentes que presenciaron los hechos sino un inspector jefe.
El Ministerio del Interior apunta que la denuncia debe ser formulada por un agente de la autoridad que haya observado directamente el hecho. En este caso, según las resoluciones de revocación de sanciones, la propuesta de sanción la realizó el Inspector Jefe de la III Unidad de Intervención Policial, y en ella se relatan de una manera "general" las conductas infractoras. Como la denuncia del agente no puede ser sustituida por informes o denuncias de superiores jerárquicos, de acuerdo con la jurisprudencia, se produce un defecto "probatorio" se considera que no se subsana con un informe. Por ello, concluye que no existe prueba de cargo suficiente del hecho sancionado y estima el recurso de los afectados.
En su momento, la Subdelegación del Gobierno informó de 246 propuestas de sanción, que finalmente dieron lugar a 230 expedientes, 171 de ellos sobre personas mayores de edad (el 75%) y 59 a menores (el 25% restante). Entre los menores de edad, 53 tenían entre 16 y 18 años y seis de 14 a 16. Para los mayores de edad, la sanción fue de 301 euros; de 200 para los menores a partir de 16 años y de 100 para el resto. De los 230 sancionados, 146 presentaron recurso de alzada ante el Ministerio del Interior.
De los 146 recursos presentados, según fuentes cercanas al ministerio, se han admitido 125, a quienes se ha revocado la sanción, se han desestimado seis por presentación fuera de plazo y se han rechazado los 15 restantes, que deberán finalmente abonar la multa.
Aunque los sancionados habían alegado error en la calificación jurídica de los hechos porque no se habían producido desórdenes graves, en los fundamentos jurídicos de Interior se indica que los informes del Jefe de la III Unidad de Intervención Policial describen las conductas observadas por los concentrados, generaron un "desorden grave" en la vía pública, impidieron el normal ejercicio de libertad de circulación y obstaculizaron el funcionamiento de un centro policial, lo que determinó un riesgo para el mantenimiento de la seguridad ciudadana.
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