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Cuatro años de cárcel para Fabra por defraudar 700.000 euros a Hacienda

La sentencia dice que cometió “repetidos delitos fiscales en cantidad de notoria gravedad” El expresidente de la Diputación de Castellón deberá pagar 1,3 millones de euros de multa El político del PP dice estar "muy satisfecho" por la absolución de cohecho y tráfico de influencias

Carlos Fabra a su llegada a la Ciudad de la Justicia de Castellón.
Carlos Fabra a su llegada a la Ciudad de la Justicia de Castellón.ÀNGEL SÁNCHEZ

El expresidente de la Diputación de Castellón y del PP provincial, Carlos Fabra, ha sido condenado a cuatro años de cárcel por defraudar a Hacienda casi 700.000 euros entre 1999 y 2003. La Audiencia de Castellón lo ha condenado por cuatro fraudes fiscales al estimar que no existe ninguna explicación lógica por la cual ingresó casi dos millones de euros en sus cuentas sin declararlos. Al tribunal que le ha juzgado no le salen las cuentas y ha concluido que los ingresos detectados (unos 3,3 millones contando lo no declarado por su exmujer, María Amparo Fernández) no se corresponden con su patrimonio y constituyen una “fuente oculta” de dinero. El matrimonio defraudó a las arcas públicas casi un millón de euros. El fallo le obliga a pagar casi 1,4 millones de multa e indemnización. Su exmujer, condenada a dos años por otros dos delitos fiscales, deberá desembolsar otros 540.000 euros.

Sospechas de cohecho

L. O., Castellón

La condena al expresidente del PP de Castellón Carlos Fabra le ha llegado como efecto colateral a la denuncia que presentó el empresario Vicente Vilar en diciembre de 2003. En ella le acusaba de pedirle grandes cantidades de dinero para interceder ante varias Administraciones a favor de sus productos (las pesquisas de sus cuentas llegaron después). De su denuncia derivaron las acusaciones de tráfico de influencias y cohecho, de las que ha sido absuelto. La Audiencia considera que Fabra no cometió tráfico de influencias porque no hubo ningún funcionario o alto cargo “influenciado”, pese a estimar que se pudo interesar por los productos.

En cuanto a la percepción de dádivas, la Sala considera que no hay pruebas suficientes que acrediten que recibió dinero del empresario, ya que los testigos se basaron “únicamente” en rumores y el principal acusador se desdijo en el juicio. El tribunal, no obstante, admite que Carmacas (firma administrada por Fabra) recibió 180.000 euros de empresas del denunciante, que tienen un origen no acreditado suficientemente y que esto hace “sospechosa la conducta de los acusados de cohecho”. Sospecha agrandada por el hecho de ser un pago que, según Fabra, era por “honorarios profesionales” y que, según el fallo, es una cuantía demasiado elevada para que así sea.

La condena al exbarón del PP castellonense llega casi diez años después de que Vicente Vilar, un empresario que fue su amigo, le denunciara por cobrarle cantidades millonarias a cambio de agilizar los productos fitosanitarios que comercializaba. La denuncia acabó sentando en el banquillo a cinco acusados en un juicio celebrado en octubre, tras un proceloso proceso por el que han pasado nueve jueces y cuatro fiscales. El matrimonio Fabra, Vilar, su exmujer y el exsenador del PP Miguel Prim han sido absueltos por el tribunal de los delitos de cohecho y tráfico de influencias.

La Audiencia considera así que no ha quedado probado que Fabra cometiera los delitos más identificados con la corrupción: tráfico de influencias y cohecho. El fiscal Anticorrupción reclamó 13 años de cárcel por los seis delitos. Finalmente, solo ha sido condenado por cuatro fraudes a Hacienda. Y la condena ha sido rebajada a la mitad de lo que pedía el ministerio público (dos años por cada fraude), al estimar la atenuante de dilaciones en el tiempo y a pesar de que la propia sentencia considera que la causa era lo suficientemente compleja para demorarse.

De hecho, el fallo destaca que esta dilación fue causada también por la actitud de la defensa de Fabra, que llegó a presentar hasta 20 recursos que eternizaron el proceso. Pero para el tribunal son “actuaciones de parte nada favorecedoras de la celeridad y la progresión procedimental”.

El exdirigente dice estar “muy satisfecho” y anuncia un recurso

Por ello, la Audiencia ha impuesto un año de prisión, y no dos, por cada delito contra Hacienda. Pero asume la tesis de Anticorrupción de que Fabra “no era un defraudador cualquiera”, ya que era presidente de la Diputación de Castellón y del PP provincial y cometió “repetidos delitos fiscales en cantidad de notoria gravedad”.

El tribunal, el mismo que ya intentó retirar la acusación de cohecho en la fase de la instrucción, destaca ahora la “abundante prueba documental” y el “completo, minucioso y detallado” informe pericial. Es el informe que la defensa de Fabra intentó tumbar desde el principio al acusar a los peritos de no ser independientes. La Audiencia no solo da toda la credibilidad a sus informes, sino que critica con dureza los argumentos que Fabra utilizó para justificar sus ingresos.

“Es indiscutible que si se comparan, por ejemplo, los 60.000 euros de renta declarada (1999) con los 774.000 euros ingresados en efectivo durante ese año, las cuentas no salen”, recoge el fallo. La Sala tampoco encuentra explicación a por qué se realizaron varios ingresos el mismo día y en una misma cuenta de pagos fraccionados. Hasta 18 ingresos por idéntico importe de 3.005 euros en tres días. Tampoco se ha creído el juez la existencia de una caja familiar o el modus operandi que los peritos tacharon de “manual de blanqueo de dinero negro”, por el cual los Fabra amortizaban en efectivo los créditos que pedían. Para los magistrados, la versión de Fabra es “ilógica”, “absurda” e “inverosímil”.

La Audiencia reduce la pena por las dilaciones del proceso

En definitiva, la sentencia concluye que es incuestionable que el ahora secretario general de la Cámara de Comercio de Castellón, y promotor del famoso aeropuerto local todavía por estrenar un vuelo, “era cabal y perfecto conocedor” de sus cuentas, así como de su obligación de declarar sus ingresos. Y añade: “Que tal omisión no se debió a una simple ignorancia o descuido es algo tan evidente por incompatible con la actividad profesional desplegada por el acusado que es una hipótesis plenamente descartable”.

Fabra abandonó este lunes apresuradamente la Cámara de Comercio tras hacerse pública la sentencia. Solo a Efe anunció que la recurrirá, que se da de baja del PP y que se siente “satisfecho”, porque no ha sido condenado por cohecho ni tráfico de influencias.

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