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El exalcalde socialista de Fuente Palmera, condenado a tres años por falsedad

Antonio Guisado cuenta con otra pena de dos años por malversación

Antonio Guisado y Fuente Palmera, durante el juicio.
Antonio Guisado y Fuente Palmera, durante el juicio.EUROPA PRESS

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado al exalcalde de Fuente Palmera, Antonio Guisado (PSOE), a tres años de cárcel al considerarlo autor de un delito de falsedad de documento público, según han confirmado fuentes judiciales. Su exsecretario municipal, Carmelo Tubío, también ha sido condenado a otros tres años de cárcel por ser responsable del mismo delito. Sin embargo, los jueces han absuelto a ambos del otro delito del que estaban acusados, nombramiento ilegal para cargo público.

Ahora, el futuro de Antonio Guisado se complica, ya que en un juicio previo fue condenado a dos años de cárcel por malversación de fondos (el famoso caso de la carpeta azul), en el que también fue condenado el exsecretario y la concejal Maribel Ostos. La condena no es firme, pero implica que Guisado tendrá que ir a la cárcel por acumulación de penas. Si el recurso que su abogado, Fernando Llagas, va a presentar fracasa, el exregidor tendrá que entrar en prisión.

Durante este último juicio por el que Guisado ha acabado condenado, el Ministerio Fiscal consideraba que el exalcalde, de manera irregular, nombró recaudador municipal a Tubío, quien ejerció el puesto de secretario de la Corporación desde 1985 hasta 2003. Éste, se enfrentaba a cuatro años y seis meses de cárcel, inhabilitación especial para empleo o cargo público por cuatro años y suspensión por dos años y unos 44.000 euros de multa por la presunta comisión de los delitos de aceptación de nombramiento ilegal para cargo público y actividades prohibidas a funcionario, así como falsedad en documento oficial. Finalmente ha sido condenado a tres años.

En septiembre, Guisado, que estuvo al mando del Consistorio entre 1987 y 2003, ya fue condenado a dos años de cárcel por el delito de malversación de caudales públicos al quedarse demostrado, según el tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba, que se apropió “para su propio provecho económico” 18.530 euros.

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