La tragedia aérea de Sabadell se salda con penas de multa
Cuatro condenados por el choque mortal de una avioneta con una grúa sin licencia en 2005 que provocó cuatro muertos
El accidente aéreo que segó la vida de cuatro personas en Sabadell (Vallès Occidental) en 2005, se ha saldado con penas mínimas de prisión que el juez ha sustituido por el pago de multas. Tres empresarios han aceptado una condena de dos años de cárcel por homicidio imprudente —que evitarán pagando, cada uno, 8.760 euros— mientras que un exconcejal ha aceptado ser responsable de imprudencia leve. Los familiares de las víctimas de la tragedia aérea —el piloto y sus tres acompañantes— han dado por buena la condena y recibirán una indemnización conjunta de más de 750.000 euros.
Hace dos días se cumplieron ocho años de la tragedia. La tarde del 24 de octubre de 2005, una avioneta (Cessna 172N) despegó de la pista 31 del aeródromo de Sabadell. El aparato estaba “en perfecto estado”, subraya la sentencia, pero trazó una trayectoria de ascenso “anormalmente baja e irregular”. Cuando solo habían pasado 60 segundos del despegue y la nave apenas había cruzado la autopista C-58, el piloto, Albert G., “no pudo remontar el vuelo al encontrarse de frente” con la grúa de un edificio en construcción en el municipio vecino de Sant Quirze.
Al colisionar, la parte delantera de la avioneta —propiedad de Aeroclub Barcelona Sabadell— “se quedó incrustada en la grúa”, mientras que la otra parte cayó “sobre un edificio aledaño”. Se originó un incendio. Los cuatro ocupantes —además del piloto, viajaban con él Antonio M., Ferran C. y Xavier M.— murieron de forma violenta “por policontusiones y combustión”.
Los cuatro ocupantes murieron de forma violenta “por policontusiones y combustión”
Al margen de los problemas para despegar, el caso es que la grúa no debía estar allí. La instalación invadía el espacio reservado para garantizar la seguridad aérea y, además, carecía de permiso: la empresa promotora no había solicitado al Ayuntamiento de Sant Quirze la “licencia de obras menor” obligatoria. El Consistorio pidió a la constructora que pidiese autorización a Aviación Civil, pero no lo hizo.
Los tres empresarios condenados por cuatro delitos de homicidio imprudente sabían que la grúa era ilegal y que ponía en riesgo el tráfico aéreo. Pese a ello, no hicieron nada por cambiar la situación.
Jesús Hervás era el propietario de la grúa y fue quien la instaló sin autorización. Juan Solé y Jaime Permanyer, por su parte, eran los dueños de la empresa promotora y también conocían la ubicación de la grúa. Pero “lejos de encomendar” a Hervás que la retirara, “se despreocuparon y toleraron que continuase instalada”, por lo que hicieron “prevalecer sus intereses como promotores” pese al riesgo, concluye la sentencia dictada de conformidad por el Juzgado de lo Penal número 3 de Sabadell.
El caso se ha zanjado, además, con una condena por cuatro faltas de homicidio a Francesc Contreras, que en 2005 ejercía como segundo teniente de alcalde del Ayuntamiento de Sant Quirze y tenía, entre otras, las competencias sobre disciplina urbanística. El edil, concluye el fallo, hizo “dejación de sus funciones inspectoras” y permitió, “conscientemente”, la existencia “de un riesgo para la circulación aérea, que se materializó en la colisión mortal”. Deberá pagar una multa de 2.000 euros.
Además de los dos años de prisión por homicidio imprudente, el juez impone a los tres empresarios una pena de inhabilitación de seis meses para desarrollar su profesión. El juez les aplica la atenuante muy calificada de reparación del daño. Las defensas pidieron que se sustituyera la pena de cárcel por multa. La fiscalía no se opuso a la solicitud y el juez la ha acordado.
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