Justicia defiende negar la nacionalidad a una niña nacida en Barakaldo
El Ministerio dice que se encontraba en situación irregular por no haber renovado la residencia
El Ministerio de Justicia ha justificado la decisión que tomó de denegar la nacionalidad española a una niña de tres años hija de padres congoleños nacida en el hospital de Cruces y residente en Galdakao porque sus padres no renovaron la tarjeta de residencia.
El caso, adelantado por EL PAÍS en verano, fue denunciado por la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) en Euskadi, que se alegó para denegarle la nacionalidad a la niña que no había justificado su “buena conducta cívica”.
El diputado de Amaiur Jon Iñarritu presentó en el Congreso una pregunta al Gobierno para que aclarase los “criterios” en los que se había basado el ministerio. En su contestación, que cita Efe, el ministerio recuerda que los criterios para conceder la nacionalidad los ha fijado la jurisprudencia del Tribunal Supremo, y entre ellos, está la buena conducta. “Desde el momento en el que no se cuenta con autorización de residencia en España se está en situación irregular, lo que constituye una infracción administrativa grave”, añade.
Si se trata de un menor, son los padres los responsables de cursar los trámites administrativos que aseguren la permanencia en España de forma regular de la menor. En el caso de la niña de Galdakao, su tarjeta de residencia temporal era válida hasta el 8 de junio del 2012, pero los progenitores no realizaron los trámites para su renovación, de manera que "la menor quedó en situación irregular en España, lo que motivó la denegación de la solicitud de nacionalidad por residencia". Por ello, el Ministerio ha defendido que la resolución adoptada en su día de denegar la nacionalidad "es de total conformidad con la ley".
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