Condenado a 40 años de cárcel por matar a su sobrina en un atropello intencionado
Una discusión familiar por instalar un palomar originó el suceso, ocurrido en 2012 en Bailén
La Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a 40 años de cárcel a Luis Galindo, acusado de haber matado a su sobrina de cinco años de edad en un atropello intencionado en el que también resultaron heridos graves una hermana y un cuñado del condenado. El trágico suceso, ocurrido el 19 de enero del pasado año en Bailén, se originó tras una fuerte discusión familiar provocada por el deseo del ahora condenado de instalar un palomar en la planta alta de la casa de su madre, algo a lo que se oponían sus dos hermanas, quienes cambiaron la cerradura de la habitación.
Galindo, de 36 años de edad, amenazó primero a una hermana y a su cuñado con un cuchillo y, más tarde, consumó su advertencia tras embestir con su todoterreno a estos familiares y a su sobrina Lucía, hija de su otra hermana. La pequeña no pudo resistir el impacto y murió en el acto. La Audiencia de Jaén condena al hombre a una pena de 17 años y seis meses por un delito de asesinato, y otras dos de 11 años y tres meses cada una por los dos delitos de asesinato en grado de tentativa, al tiempo que lo absuelve de un delito de amenazas graves.
Durante el juicio celebrado a principios de este mes, Galindo reconoció los hechos aunque dijo que no tenía intención de atropellar a su sobrina. “Lo que he hecho es la ruina”, se lamentó el acusado cuando fue detenido tras provocar el accidente. La fiscalía consideró probado durante la vista oral que el atropello, además de ser intencionado, cogió por sorpresa a las víctimas, es decir, que fue un crimen alevoso puesto que arrolló a sus familiares sin que pudieran esquivar el todoterreno y, por lo tanto, sin que tuvieran posibilidad alguna de defensa. Finalmente, el juez considera probado que Galindo pretendía acabar con la vida de su cuñado, aunque aclara que “al embestir con su vehículo a las personas que lo acompañaban y que se encontraban en la puerta de la vivienda, necesariamente tuvo que representarse la posibilidad de que, con su acción, no solo pudiera causar la muerte de su cuñado”, en referencia a la hermana y la sobrina del procesado.
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