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La juez Coro Cillán, inhabilitada 15 años por un delito de prevaricación

Contrató como administrador judicial de una discoteca a "un amigo íntimo"

La juez Coro Cillán, a la salida de un juzgado.
La juez Coro Cillán, a la salida de un juzgado. Luis Sevillano

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid  ha condenado a la juez de Instrucción número 43 de Madrid, María del Coro Cillán García de Iturrospe, a una pena de inhabilitación de 15 años para ejercer cualquier cargo público, al haberla encontrado culpable de un delito de prevaricación en la administración judicial de la discoteca madrileña Moma. Igualmente se la condena a 18 meses de multa a razón de 15 euros diarios.

Las sanciones y el juicio contra la juez se abrieron a raíz de una denuncia en la que uno de los propietarios de la discoteca acusaba a la magistrada de colaborar con sus socios para conseguir el traspaso del establecimiento. Los magistrados, en su sentencia, le dan la razón y consideran que Cillán colocó, además, como administrador judicial de la discoteca a un "amigo íntimo" y le concedió un sueldo de 2.500 euros mensuales.

El Consejo General del Poder Judicial había suspendido  cautelarmente el pasado mes de abril a la juez tras la apertura de juicio oral contra la juez.

La sentencia considera que la conducta de la juez en el curso de este proceso debe ser calificada de prevaricación (tomar decisiones injustas a sabiendas) y la condena por ese delito.

En el juicio, Coro Cillán conocida por reabrir en falso el caso del 11-M , aseguró que acordó que se precintara la discoteca Moma en septiembre de 2011 a raíz de la denuncia de uno de los socios. El objetivo era evitar, según ella, que hubiera otra muerte como la del joven Álvaro Ussía en 2008, a manos de un portero de la discoteca El Balcón de Rosales. El 21 de septiembre de 2011, cuando Cillán se encontraba de guardia, recibió una denuncia de Alberto Vos, socio de la discoteca Moma 56 S. L., contra Fernando Robes, también socio. En ella se pedía el precinto del local y un cambio de administradores.

En contra del criterio de la fiscal de guardia, que alegó una falta de comprobación de los hechos denunciados, Cillán cerró y siguió tramitando el asunto en vez de enviarlo a otro juzgado, como recogen las normas de reparto de asuntos vigentes entre juzgados de instrucción. Al día siguiente, nombró a un administrador judicial y dos días después nombró a otros tres administradores, entre ellos Francisco Javier Caballero, con un sueldo de 2.500 euros. La fiscal que estaba de guardia el primer día, Soledad García, alegó que Caballero era su supuesto “novio”.

Así, la justicia sostiene que Cillán prevaricó, ya que dictaminó varias resoluciones injustas.  "No eran sostenibles jurídicamente", asevera el tribunal madrileño y añade que no cumplían "los mínimos parámetros de motivación".

Estas decisiones, dice la sentencia, "no eran sostenibles jurídicamente mediante ningún método aceptable de interpretación de la ley, ni cumplían los mínimos parámetros de motivación, constitucionalmente exigible".

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