La Junta pide al TSJA que rectifique una sentencia sobre Delphi
El Gobierno andaluz cree que el fallo comente "notables errores materiales"
La Junta de Andalucía ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que rectifique una sentencia en la que aprecia “irregularidades manifiestas” en el expediente de regulación de empleo (ERE) de Delphi. Según fuentes de la Administración autonómica, adolece de “notables errores materiales”. Diario de Cádiz publicó ayer que el TSJA había dictado una sentencia favorable a un antiguo trabajador de Delphi —le da la razón en el cobro de una prejubilación que la Junta anuló hace dos años y reconoce su relación laboral con la empresa—. En la sentencia se afirma que se han apreciado “irregularidades manifiestas” en el ERE por parte de la Junta y se pide que se depuren responsabilidades penales.
Dichas “irregularidades” tendrían que ver con la supuesta concesión de ayudas “sin procedimiento alguno” y permitir “la inclusión de trabajadores que no reunían los requisitos exigidos”. “Puestas de manifiesto una vez más las irregularidades de las autoridades laborales tanto en la autorización del ERE como en la concesión de ayudas sin procedimiento alguno, debe deducirse testimonio para depurar las responsabilidades penales en que hayan podido incurrir el delegado provincial que aprobó el ERE, el director general que dio la ayuda consistente en el abono de las primas del seguro colectivo de rentas y el viceconsejero de Empleo que autorizó la refinanciación de la póliza a cargo del erario público, pese a la ausencia de resolución de concesión y compromiso de pago”, se apunta en la sentencia recurrida por el Gobierno andaluz.
Entre los errores que dice haber detectado la Junta, estaría que el ERE “no fue autorizado por la Consejería de Empleo, sino por el Juzgado de lo Mercantil 1 de Cádiz —que instruía el concurso voluntario de acreedores en el que se encontraba inmerso Delphi— en fecha de 30 de julio de 2007”. Por tanto, el Gobierno regional sostiene que varias de las afirmaciones recogidas en los fundamentos de derecho de la sentencia son “erróneas”.
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