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El fiscal recurre por inconsistente el auto de Alaya contra Griñán y Chaves

Anticorrupción no ve delito en las pruebas que la juez usa en sus acusaciones contra los aforados

Reyes Rincón
José Antonio Griñán y Manuel Chaves.
José Antonio Griñán y Manuel Chaves.García Cordero

La Fiscalía Anticorrupción cree que el auto en el que la juez Mercedes Alaya ve en el fraude de los ERE “cierta carga incriminatoria” de los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán no está suficientemente motivado. Desde que el pasado martes, durante la toma de posesión del Gobierno de Susana Díaz, se difundió el escrito en el que Alaya marca el camino para una posible imputación de Griñán y Chaves el fiscal ha estado analizando el auto y, finalmente este viernes, presentó un recurso ante la Audiencia Provincial de Sevilla. La fiscalía cree que la resolución de Alaya “adolece de la motivación necesaria” sobre los hechos que pueden implicar en el caso a los dos expresidentes y cinco exconsejeros andaluces, lo que “puede generar la misma indefensión” que la juez dijo que quería evitar con su escrito.

Junto a Griñán y Chaves, el auto dictado por Alaya pone en el punto de mira a los exconsejeros de la Junta Carmen Martínez Aguayo, Antonio Ávila, Manuel Recio, José Antonio Viera y Francisco Vallejo. Todos ellos están aforados al ser diputados en el Parlamento andaluz o en el Congreso, por lo que la juez instructora de los ERE no puede ni imputarles ni investigarles directamente. Por eso se amparó en el artículo 118 bis de la ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite a los aforados sobre los que haya indicios de delito personarse en una causa, acceder a las diligencias, proponer pruebas, participar en los interrogatorios o declarar voluntariamente ante el juez instructor.

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El fiscal comparte con la juez que ese artículo 118 bis puede usarse en la causa, pero no como ella lo ha hecho. Alaya afirma en su auto que no pretende acogerse todavía a la potestad de elevar al Tribunal Supremo una exposición razonada en la que se detallen los hechos que atribuye a las siete personas a las que señala. Y sin exposición razonada al Supremo, la única alternativa para acogerse a ese artículo es la existencia de una denuncia o querella contra los aforados, de ahí que Alaya argumentara que su escrito es “asimilable a la admisión a trámite de denuncia o querella”.

Pero el fiscal le recuerda a la juez que no existe en toda la instrucción de los ERE ninguna denuncia, querella o atestado policial que aporte “si quiera un concreto relato de hechos e indicios de responsabilidad penal” sobre alguno de los citados aforados. Y el auto de la juez no logra tampoco cumplir ese papel porque de su lectura, advierte el fiscal, “no se alcanza a conocer, por falta de individualización, cuáles son los concretos hechos investigados” que pueden atribuirse a las siete personas a las que señala.

El fiscal va incluso más allá y asegura que no ve indicios de delito de Chaves, de Griñán ni de los cinco exconsejeros en ninguna de las actuaciones procesales en las que Alaya basa sus sospechas: las declaraciones del ex director general de Empleo o del exinterventor de la Junta, los informes de la Intervención, la documentación presupuestaria y la relativa a las subvenciones en la Sierra Norte de Sevilla. Estas actuaciones, afirma la fiscalía, “no contienen per se un relato suficiente de hechos o indicios criminalmente relevantes que afecten de manera precisa a cada uno de los siete aforados”.

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La fiscalía advierte también a la juez de que para aplicar el artículo 118 bis a los aforados no es suficiente con dictar una resolución judicial como la que ella redactó. “No basta con un mero traslado formal o rituario”, señala el fiscal. “Sino que el aforado, para poder satisfacer su derecho de defensa, debe conocer por medio de dicho auto cuáles son los hechos concretos que se investigan y que le pueden afectar o vincular”. Además, las personas señaladas tienen también derecho a saber la “calificación jurídica o tipificación, aunque sea indiciaria” de los hechos que se le atribuyen.

Al final de su argumentación, desarrollada en seis folios, la fiscalía Anticorrupción concluye que la forma en la que ha actuado Alaya “genera indefensión” en los aforados porque les impide “ejercer adecuadamente sus derechos de defensa”. Para corregirlo, le pide que anule el auto del pasado martes y dicte uno nuevo en el que concrete los hechos por los que Chaves, Griñán y los cinco exconsejeros deben ser investigados. El fiscal no sugiere a Alaya que eleve el caso al Tribunal Supremo, pero si la juez atiende su petición y detalla la implicación de cada uno de los aforados, no le quedará otra salida que derivar la causa al Alto Tribunal y perderla.

Torres-Dulce apoya el recurso por falta de motivación del auto

El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, ha apoyado esta tarde el recurso presentado por la Fiscalía Anticorrupción por "falta de concreción y motivación en algunos extremos".

"Se trata de que las garantías procesales queden suficientemente motivadas", ha dicho Torres-Dulce a los periodistas tras asistir a la toma de posesión del nuevo fiscal jefe de Toledo, Luis Ibáñez Cuesta.

También ha asegurado que las decisiones de la fiscalía se toman "de forma autónoma", si bien él ha sido informado sobre la decisión de recurrir dicho auto y ha mostrado su apoyo.

"Estoy de acuerdo con la decisión", ha dicho Torres-Dulce, quien ha añadido que este recurso se basa "exclusivamente en desbrozar aquellos aspectos del auto que, desde nuestro punto de vista, tienen falta de concreción y motivación en algunos extremos". "La decisión está hecha desde el respeto a la instructora", ha añadido.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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