La empresa adjudicataria de la extinción de incendios niega “trato de favor”
Avialsa dice que siempre ha actuado "conforme a la ley y a los procedimientos de contratación"
El grupo Avialsa, entre cuyos fines se encuentra el mantenimiento de varias flotas de aviones, tanto de aeronaves destinadas a la fumigación y lucha contra incendios forestales como de aeronaves de aviación comercial, ha negado "cualquier trato de favor" de la administración valenciana o de cualquier otra para la que la empresa trabaja o haya trabajado y ha subrayado que realiza sus servicios para la Generalitat desde 1983, aunque la primera campaña contra incendios que llevó a cabo en la Comunitat se remonta a 1973.
Así lo ha indicado en un comunicado, firmado por el presidente del grupo, Vicente Huerta, tras las informaciones publicadas que apuntan a que el conseller de Gobernación, Serafín Castellano, firmó en marzo de 2010 la adjudicación por 22 millones de euros del servicio de extinción de fuegos a esta mercantil, con uno de cuyos responsables comparte jornadas de caza.
Avialsa recalca que se creó en 1965 y subraya que en sus 40 años de existencia ha trabajado para la Generalitat Valenciana "y otras administraciones de todos los signos políticos". Asimismo, incide en que, como empresa de carácter nacional, también trabaja y ha trabajado con otras comunidades autónomas como Baleares, Cataluña o Galicia y en países como Italia, Francia o Portugal.
En el caso de la Comunitat Valenciana, fija la realización de sus servicios desde 1983 aunque recalca que hizo la primera campaña contra incendios en 1973. En esta línea, apunta que "siempre" ha actuado "como no puede ser de otra manera conforme a la ley y a los procedimientos de contratación" y añade que "en ningún momento, por tanto, ha obtenido ningún concurso con la administración valenciana a cambio de ningún favor o dádiva a nadie de la Generalitat, ni de ninguna otra administración o proveedor de la empresa".
La empresa anuncia que se reserva "todas las acciones legales, civiles o penales pertinentes por los daños y perjuicios que le puedan ocasionar dañando la imagen de la mercantil".
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