El Ayuntamiento de Riba-roja suspende temporalmente el PAI de Porxinos
La empresa Litoral del Este solicitó la suspensión temporal del PAI
El Ayuntamiento de Riba-roja de Túria (Valencia) ha acordado la suspensión temporal del Programa de Actuación Integrada (PAI) del Sector Masía de Porxinos como solicitaba la empresa Litoral del Este S.L., filial del Valencia CF y agente urbanizador del mencionado plan. Así se recoge en un edicto de este consistorio publicado este lunes en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Valencia.
Este documento explica que el Ayuntamiento de Riba-roja, en el pleno celebrado el pasado 9 de abril, adoptó el acuerdo relativo a la suspensión temporal del PAI Sector Masía de Porxinos. De este modo, la administración municipal ha decidido "admitir a trámite el escrito presentado por Manuel Llorente Martín, en nombre y representación de la mercantil Litoral del Este S.L., en el que solicita la suspensión temporal total" de dicho programa urbanístico "por el plazo de dos años".
El consistorio ha acordado someter esta solicitud de suspensión a exposición pública por un plazo de quince días mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento.
Simultáneamente, el consistorio ha aprobado, como indica el edicto del BOP, "otorgar un plazo de audiencia, por el mismo plazo, a los propietarios y titulares de derechos y deberes afectados por la actuación, conforme a lo estipulado en el Decreto Ley 1/2012."
La administración local explica que contra la presente resolución o acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá formular recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde la recepción de esta notificación.
Contra la posible desestimación del recurso de reposición interpuesto, bien por acto expreso o bien por el transcurso del plazo de un mes establecido para resolverlo, y en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación del mencionado acto o resolución, o desde el fin del plazo resolutorio, el interesado podrá interponer recurso-contencioso-administrativo.
Una vez transcurrido el plazo sin que se haya interpuesto recurso, el acto quedará firme y no será impugnable, apunta el edicto del BOP, que agrega que "en todo caso, el interesado podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo sin previo recurso administrativo de reposición, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación del presente acto o resolución".
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