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UGT se opone a la rebaremación de interinos con oposiciones este año

El sindicato considera “precipitado” aplicar el acuerdo con Educación

La Federación de Trabajadores de la Enseñanza (FETE) de UGT-PV pedirá hoy en la comisión de seguimiento del nuevo acuerdo de interinos que la rebaremación de las bolsas docentes no se aplique en los cuerpos para los que se han convocado oposiciones este año. El sindicato informó de que solicitará el aplazamiento de esa reordenación, a través de una adenda al acuerdo, en las bolsas de Infantil, Inglés, Música, Educación Física, Audición y Lenguaje y Pedagogía Terapéutica, en el cuerpo de maestros. Asimismo, en Secundaria también solicitará el aplazamiento en las especialidades de Intervención Sociocomunitaria, Hostelería y Turismo, Procesos de diagnóstico clínico y productos Ortoprotésicos, y Procesos Sanitarios, en tanto que en FP lo pedirá para las de Cocina y Pastelería, Laboratorio, Peluquería, Procedimientos de Diagnóstico Clínico y Ortoprotésico, Servicios a la Comunidad y Servicios de Restauración.

Tras la publicación del nuevo Acuerdo del Profesorado Interino de 3 de abril de 2013, FETE-UGT considera que la aplicación del nuevo acuerdo y la reordenación de las bolsas de trabajo conforme a los resultados de esta primera convocatoria de oposiciones “es precipitada, ya que el profesorado interino que debe realizarlas no ha tenido tiempo suficiente para prepararlas con garantías de éxito y no se encuentra en igualdad de condiciones con el resto del profesorado interino que no tiene convocatoria de oposiciones”. Además, subrayó que esta convocatoria “surge de forma sorpresiva e inesperada en el tiempo y modifica de forma unilateral las condiciones laborales de este colectivo”.

En segundo lugar, FETE-UGT PV va a plantear en la comisión de seguimiento que se concrete la fecha de aplicación en la Comunitat Valenciana del Real Decreto 850/1993, de 4 de julio, de acceso a la función pública docente, tras el periodo transitorio de acceso previsto por la LOGSE, y el periodo que abarca la excepción contemplada en la letra a) II del articulo 4.4. del Acuerdo. La central sindical considera que esta fecha “va más allá de la señalada inicialmente, los años 1994 y 1995, para muchas especialidades y cuerpos docentes, en los que o bien nunca se aplicó este Real Decreto, o bien, esta aplicación se hizo mucho más tarde (en los años 1999, 2000, 2001 y 2002)”, por lo que en estas especialidades y cuerpos docentes “los componentes de sus bolsas de trabajo deben quedar exentos de su rebaremación”.

Como tercera medida, el sindicato, que fue uno de los firmantes del acuerdo con la Cosnejería de Educación, planteará el reconocimiento a todo el profesorado interino en su actual bolsa de trabajo de todos los servicios que tenga prestados en el sistema educativo, sea cual sea la administración para la que se hayan prestado y sea cual sea el cuerpo o especialidad docente para el que se prestaron. De esta forma, el profesorado interino “tiene que capitalizar en su actual bolsa de trabajo todos los servicios que hubiera prestado en el pasado y ampliar así sus posibilidades de conservar la posición en su bolsa de trabajo”.

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