Un juzgado obliga al Ayuntamiento a colocar la bandera española
La corporación, del PNV, desoyó el requerimiento que Urquijo le hizo en abril pasado

Un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián ha obligado al Ayuntamiento de Urnieta, gobernado por el PNV, a colocar la bandera española tras desatender el requerimiento del delegado del Gobierno, Carlos Urquijo, para que lo hiciera "en cumplimento de legalidad".
El juez afirma que el consistorio, al no poner la enseña a diario, "incumple frontalmente un mandato legal claro e incuestionable". La resolución judicial recuerda que la Delegación del Gobierno tuvo conocimiento del incumplimiento por el Ayuntamiento de la ley de 1981 que regula del uso de la bandera.
Por ello, Urquijo le requirió en abril pasado para que en un mes cumpliese la ley. Transcurrido ese plazo, el delegado del Gobierno comprobó que el consistorio incumplía el requerimiento, por lo que interpuso demanda "contra la inactividad administrativa" de ente local ante la petición de que "hiciera ondear la bandera de España en el exterior" de la casa consistorial y que ocupara un lugar preferente en el interior.
El juzgado recuerda que ya existe "copiosa jurisprudencia" sobre esta cuestión y recalca que "la bandera de España deberá ondear en el exterior y ocupar un lugar preferente en el interior de todos los edificios y establecimientos de la Administración central, institucional, autonómica, provincial o insular y municipal del Estado".
Además, especifica que el uso de la enseña debe ser "diaria" en estos edificios, "como manifestación, frente a los ciudadanos, del contenido que simboliza y representa".
El fallo añade que la Constitución también reconoce las banderas propias de las comunidades autónomas y señala que estas "imperativamente, se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales". Por todo ello, rechaza las argumentaciones del Ayuntamiento de Urnieta de que la ley "no impone la obligación de ondear banderas nada más que en los días de fiesta oficial", en referencia a un Real Decreto de 1908.
En esta línea, enfatiza que, desde la entrada en vigor de la Ley 39/1981, del 29 de octubre se impone la obligación de que la bandera de España, "sola o acompañada de otras", ondee diariamente en los edificios públicos, "sin distinción de si los días son o no fiesta nacional, fiesta oficial, fiesta local o conmemorativas".
Por todo ello, estima el recurso de la Delegación del Gobierno porque el consistorio "incumple frontalmente un mandato legal claro e incuestionable" y le obliga a que la enseña rojigualda sea colocada en el exterior de la casa consistorial y ocupe lugar preferente en la Sala de Plenos.
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