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La Miguel Hernández deberá indemnizar a un docente por acoso laboral

El TSJ, según los informes, considera que hubo un "hostigamiento prolongado en el tiempo"

La sección segunda de Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha condenado a la Universidad Miguel Hernández (UMH) de Elche a pagar 6.000 euros a un profesor que desarrollaba su trabajo en el Campus de Altea al considerar probado que sufrió mobbing o acoso laboral.

El tribunal señala que los informes médicos aportados y las testificales practicadas, entre otros datos, evidencian la existencia de una "situación de hostigamiento prolongada en el tiempo" y "suficientemente importante" para ser calificada de acoso, lo que le lleva a declarar la responsabilidad patrimonial de la Universidad demandada y a fijar una indemnización por daños morales que cifra en 6.000 euros, ya que considera que las dolencias que el docente sufría fueron "agudizadas" por la situación que atravesó.

La sala ha estimado de esta forma en parte el recurso interpuesto por el profesor ante la sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo número 8 de Valencia, que rechazó la reclamación de acoso moral en primera instancia.

Este órgano judicial entendió que no existía situación de conflicto entre el docente y las instancias universitarias y negaba una situación de acoso, "menos aún" imputable a la persona que el profesor alegaba.Contra esta decisión recurrió el profesor demandante, que desempeñaba sus funciones para la Universidad Miguel Hernández en el campus de las Artes de Altea y que denunciaba una situación de conflicto laboral desde 1999, momento en el que fue nombrado director de la división de pintura de la Facultad de Bellas Artes.

En el curso 2002-2003 se produjo una nueva situación de conflicto por la no contratación de dos profesores, lo que motivó una serie de discrepancias entre el director del departamento de Arte, Humanidades y Ciencias Sociales y Jurídicas con el denunciante. Éste incluso estuvo imputado por unas pintadas que aparecieron en el Campus, y por lo que dimitió como director de la división de pintura. La sala ha constatado que la Universidad Miguel Hernández no aprobó una nueva distribución del departamento propuesta por el recurrente, al que se posteriormente se le abrió expediente disciplinario, y también modificó el reglamento de régimen interno del departamento contra el que el denunciante interpuso recurso administrativo.

También se ha constatado por parte de la sala que al recurrente se le incoó expediente "a fin de determinar su incapacidad permanente" y se acordó no declararlo ni enfermedad profesional, ni accidente de trabajo.

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Trastorno y depresión

Por todos estos hechos, el profesor presentó un informe médico y tres psicológicos en los que se le diagnosticaba un "trastorno adaptativo con ansiedad y estado de ánimo depresivo" por lo que se concluyó que su situación tenía una "clara relación con el ámbito laboral y mantenida a lo largo del tiempo".

La sala entiende, al valorar los informes médicos y psicológicos presenados por el recurrente, que la sucesión de situaciones conflictivas de índole "profesional, personal e incluso administrativa, sí tienen trascendencia y evidencian una situación de hostigamiento prolongada en el tiempo lo suficientemente importante para poder ser calificada de acoso moral", por lo que estima que hay responsabilidad patrimonial por parte de la Universidad Miguel Hernández.

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