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El doctor Morín, absuelto de abortos ilegales: “Fui una cabeza de turco”

La Audiencia de Barcelona cree que las intervenciones se ajustaron a la ley

Foto: atlas | Vídeo: Atlas / Toni Garriga (EFE)
Jesús García Bueno

La justicia cerró ayer con la absolución rotunda de todos los acusados un episodio que acabó impulsando la nueva ley sobre el aborto: el caso Morín.Seis años después de ser detenido, y mientras sus clínicas siguen cerradas, la Audiencia de Barcelona ha exonerado al doctor peruano Carlos Morín y a los otros 10 acusados por practicar interrupciones del embarazo fuera de los supuestos permitidos por la ley de 1985. “Se creyeron falsas verdades. Fui una cabeza de turco”, declaró Morín tras conocer su absolución.

La fiscalía pedía casi 300 años de cárcel para el cirujano por un centenar de abortos, pero la sentencia concluye que no hay pruebas para condenarle. Todas las intervenciones se practicaron “con el consentimiento y a petición expresa de las mujeres embarazadas”, en “centros homologados” y con “personal titulado”.

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El caso arrancó en 2006, a raíz de un reportaje de la televisión pública danesa que la entidad ultracatólica E-Cristians llevó al juzgado. La investigación culminó un año más tarde con la detención de Morín y el registro de sus tres clínicas —Ginemedex, TCB y Barnamedic— de Barcelona. Las mujeres que abortaron llegaron a ser citadas como imputadas. En la vista oral declararon como testigos. Sus relatos, subrayan los jueces, hicieron vivir “escenas desgarradoras” en el juicio, aunque han sido “esenciales” para decidir la suerte del caso.

El papel de los psiquiatras ha sido uno de los caballos de batalla. La mayoría de mujeres afirmaron haber sido atendidas por uno de esos profesionales antes del aborto. La norma de 1985 —sustituida, en 2010, para dar más seguridad jurídica a las mujeres a raíz de los escándalos de Morín y de la clínica Isadora— despenalizaba el aborto en tres supuestos. Uno de ellos, el “riesgo para la salud física o psíquica” de la embarazada. Sobre la base de los informes de los expertos, los jueces concluyen que, pese a que algunas mujeres solo rellenaron un test estándar, el dictamen previo emitido por el psiquiatra es suficiente.

En el caso de los fetos con malformaciones, la ley permitía abortos hasta las 22 semanas. La fiscalía y las acusaciones particulares —E-Cristians, Alternativa Española, Fundación Tomás Moro y el Colegio de Médicos de Barcelona— citan conversaciones telefónicas entre los implicados en las que hablan de clientas embarazadas de 27 o 29 semanas. Pero esas confesiones quedan en agua de borrajas porque, comprobados los datos de las ecografías, lo cierto es que ninguno de los fetos rebasaba las 22 semanas. Las acusaciones sostuvieron que Morín y su equipo habían alterado las máquinas. En el juicio, sin embargo, ha quedado claro que eso es imposible para un cirujano sin conocimientos sofisticados de software.

Uno de los pilares que sostenía la acusación eran tres testigos protegidas. Y también se vino abajo porque, en el juicio, se retractaron. La primera de ellas —identificada como AAA— dijo no recordar “nada”, porque cuando declaró contra Morín estaba sumida en una fuerte depresión. La mujer admitió haber tenido “importantes desavenencias empresariales y personales” con el doctor y negó haber recibido presiones para cambiar el sentido de sus palabras. Otra testigo (GC1) que había trabajado como enfermera en Ginemedex denunció que no se hacían las historias clínicas ni existía control alguno sobre los psiquiatras. Pero reconoció que llevaba 22 años desvinculada de la empresa. La tercera es una mujer que acudió a una entrevista de trabajo, quedó “impactada” por una operación y le parecía que el feto era muy grande.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Eduardo Navarro, reprocha a las acusaciones su “insistencia casi obsesiva” en la presencia de un triturador en la clínica. Al margen de que Morín dijo que se usaba para eliminar restos de animales, la sentencia ve “evidente” que una clínica abortiva “disponga de un sistema de evacuación de restos biológicos”. Y recuerda que sobre Morín no pesa acusación alguna por delito contra la salud pública o el medio ambiente.

La sentencia absuelve a Morín; su esposa, María Luisa Duran, y el resto de acusados de todos los delitos: aborto ilegal, asociación ilícita, intrusismo y falsedad documental. Los jueces reprochan, en ese sentido, “cierto descontrol administrativo” en las clínicas de Morín, como acreditaron las inspecciones de la Generalitat. Esas prácticas hacen sospechar que los abortos, aunque legales, se practicaban “con menos rigor del deseable”.

“Si además de sustraer a la mujer embarazada la decisión final (...) se pone en duda la profesionalidad de quien emite un dictamen” sin pruebas, quedaría “en papel mojado la decisión del legislador de despenalizar parcialmente el aborto”, concluye la resolución. Sobre la situación de los acusados, añade que “los perjuicios causados (...) van a resultar irreparables”. E-Cristians tildó de “escándalo” que se haya dictado una “sentencia ideológica” que “deja en indefensión a los no nacidos” y anunció que la recurrirá ante el Tribunal Supremo.

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Sobre la firma

Jesús García Bueno
Periodista especializado en información judicial. Ha desarrollado su carrera en la redacción de Barcelona, donde ha cubierto escándalos de corrupción y el procés. Licenciado por la UAB, ha sido profesor universitario. Ha colaborado en el programa 'Salvados' y como investigador en el documental '800 metros' de Netflix, sobre los atentados del 17-A.

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