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Los reveses judiciales del Consell

Los tribunales tumban decisiones con alta carga ideológica La Generalitat gana el 70% de los pleitos, la mayoría relacionados con personal y sanciones

Fachada del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Fachada del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. CARLES FRANCESC

Concesiones administrativas, planes urbanísticos, deudas atrasadas, derechos no reconocidos. La Generalitat acumula decenas de fallos judiciales contrarios que suponen un sobrecoste para las arcas públicas y contradicen algunas de las principales decisiones políticas del Gobierno valenciano de los últimos años.

La mayoría de los reveses se producen respecto a decisiones adoptadas con una alta carga ideológica. En 2012 el Consell recibió un total de 4.702 sentencias judiciales, de las cuales ganó el 70% de la mismas. Se trata de pleitos presentados en su gran mayoría (1.900) por el propio personal de la Generalitat, disconforme con las modificaciones aplicadas a su puesto de trabajo o salario, o de ciudadanos que recurren sanciones administrativas.

Sin embargo, tras la cotidianidad del pleito por la vía del contencioso-administrativo o civil, la Justicia ha infligido sonoros varapalos al Consell en el último año. No es una novedad, 2011 se cerró con un falló del Tribunal Supremo, que ratificaba la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana, contraria a la obligación de traducir al inglés la asignatura de Educación para la Ciudadanía.

El Gobierno que presidió Francisco Camps era consciente de que, aunque los tribunales desmontasen su boicot, ganaba tiempo para impedir la adecuada implantación de una asignatura que ya ha sido barrida por el Gobierno de Mariano Rajoy.

El año que termina no ha supuesto un cambio de dinámica. Al contrario, la ha consolidado. El Tribunal Supremo echó por tierra este mismo mes la decisión de la Administración del PP de cerrar los repetidores y sancionar a Acció Cultural por reemitir en la Comunidad Valenciana la señal de TV3, la televisión pública catalana. La sentencia daba la razón al recurrente, pero el objetivo del Consell de cegar las emisiones de la televisión catalana —que se podía ver en la Comunidad Valenciana desde mediados de los ochenta sin ningún problema— se había logrado.

El caso más extremo de forzar una situación sin base legal es el intento sistemático del Consell de cuestionar la unidad lingüística del catalán. El pasado mes de julio, la Generalitat recogió la sentencia número 35 —de las dictadas por el TSJ, el Supremo y el Constitucional— que le obliga a acatar el término académico “lengua catalana” en los estatutos de una universidad (la Jaume I).

No se trata de casos aislados, en septiembre del año pasado, el Tribunal Supremo también anuló la mayoría de las concesiones comarcales de televisión digital terrestre (TDT) y puso patas arriba el mapa audiovisual valenciano. Las puntuaciones no se realizaron correctamente, pero sirvieron para excluir a empresas con años de experiencia que no eran afines al PP. Ahora el Consell estudia como solucionar el revés judicial.

“En ocasiones, se toman decisiones por motivos políticos o económicos”, asegura un experto del mundo de la judicatura, “independientemente del rigor legal”. “En muchos casos”, explica, “se trata de derechos que se difieren o no se reconocen por falta de dinero y que obligan a proveedores o dependientes a recurrir ante la justicia”.

Este es el caso de una anciana de Llíria que ha pleiteado durante dos años para cobrar las ayudas a la dependencia. Los familiares de G.M., de 94 años, pidieron el reconocimiento como dependiente en 2007. En 2009, la Generalitat catalogó a G.M. como gran dependiente, pero el dinero no llegó. Tras pleitear casi otros dos años, el TSJ condenó el pasado mes de junio al Consell a pagar una deuda que abonará con varios meses más de retraso.

Si las reclamaciones por las irregularidades en la aplicación de la ley de Dependencia se cuentan por centenares, los pleitos planteados por los proveedores de la Generalitat no son menores. Docenas de ellos han llevado a los tribunales los retrasos en el pago. Casos como el recogido el pasado agosto por el TSJ, que condenó a la Generalitat a pagar casi 35.000 euros de intereses a una firma que suministró mobiliario para los juzgados de Orihuela en 2006, son relativamente habituales.

Decisiones adoptadas tanto por criterios ideológicos como económicos también han sido enmendadas. El más reciente es un fallo del TSJ que obliga a la Consejería de Educación a aprobar una línea en valenciano en el colegio Sant Cristòfor de Picassent, propiedad del Arzobispado de Valencia. Una exigencia de la mayoría de las familias de los alumnos de infantil, que recurrieron la negativa de la Consejería en 2010. La razón les llega ahora, cuando los alumnos de infantil están a punto de pasar a Primaria.

La regulación de sectores, como el del transporte, también ha sido puesta en cuestión por los tribunales. En este caso a instancias de la Comisión Nacional de la Competencia, que consideró que la decisión del Consell de prorrogar las concesiones de transporte público sin concurso tenía un “ efecto perverso” en el sector. El TSJ decidió el pasado noviembre fallar a favor de la anulación del plan de concesiones de transporte público de viajeros por carretera de enero de 2010.

Un abogado con experiencia en los pleitos contra la Administración argumenta que iniciar por la vía civil o la del contencioso-administrativo puede tardar en resolverse entre cuatro y cinco año de media, por lo que muchos particulares no se atreven a llevar el conflicto a los tribunales por el coste y el desgaste que supone. Aunque cuando hay base y paciencia, la justicia termina por poner cada cosa en su sitio.

{Entradilla}

JOAQUÍN FERRANDIS

Valencia

{Pie de foto}

Fachada del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. [AUTFOTO][AUTFOTO]/ carles francesc

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