El TSJ anula la supresión de la oficina para impulsar el valenciano de Alboraia
El tribunal recuerda la obligación de Alboraia de "promover la recuperación" de la lengua
La sección segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha anulado un acuerdo del Ayuntamiento de Alboraia (Valencia) por el que se suprimía la Oficina de Promoción del uso del valenciano y se amortizaba la plaza de técnico. El tribunal considera que el Consistorio no ha acreditado, tras la eliminación de ese organismo, el mantenimiento de la difusión de la lengua vernácula.
De este modo, la sala estima parcialmente los recursos interpuestos por Acció Cultural del País Valencià (ACPV), la asociación Dimonis de l'Avern y la persona que hasta 2009 era técnica de promoción del uso del valenciano del Ayuntamiento de Alboraia.
Tres años después de la interposición del recurso, el TSJ ha dictado una sentencia que deja sin efecto los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento de Alboraia en 2009 referentes a la supresión de la oficina y la desaparición de la plaza de técnico mientras avala la legalidad de otros, como los referentes al Presupuesto General, informa ACPV un comunicado.
El Ayuntamiento de Alboraia adoptó estos acuerdos en el año 2009 en el marco del denominado 'Plan de mejora y saneamiento económico y financiero' alegando dificultades económicas y necesidad de ajuste presupuestario.
La justificación que el Ayuntamiento de Alboraia ofreció para suprimir la Oficina de Promoción y Uso del valenciano, segúun ACPV, era, además de la económica, "que la población de Alboraia y los funcionarios municipales ya conocen cono suficiencia el valenciano".
En aquel momento "y ante la supresión de facto de toda promoción del valenciano por parte del Ayuntamiento, los numerosos socios de Alboraia de ACPV, así como las asociaciones locales, como por ejemplo Dimonis L'Avern, junto con la técnica de Promoción Lingüística propusieron a la Junta Directiva de ACPV la formalización del recurso en defensa de la lengua y del mantenimiento de las políticas públicas de normalización lingüística".
En su resolución, el tribunal recuerda la obligación que el municipio de Alboraia tiene, por mandato legal, de "promover la recuperación del valenciano y fomentar su uso en todos los ámbitos de la vida ciudadana" y "hacer efectivo el uso oficial del valenciano, como lengua propia de la Administración local y el municipio".
Igualmente, estima que la supresión del crédito presupuestario para mantener la oficina, su desaparición y la amortización del puesto de trabajo de técnico lingüístico que el Reglamento de Normalización municipal preveía, no aseguran de forma concreta y específica el cumplimiento, por parte del Consistorio, de estas obligaciones hacia la lengua propia.
"No acredita el Ayuntamiento que la promoción del uso del valenciano, tras la supresión de la Oficina de Promoción, se haya seguido realizando a través de otros medios, por lo que hay que concluir que dicha supresión y con ella la amortización de la plaza de técnico de promoción lingüística, suponen una vulneración de las obligaciones que pesaban sobre la Corporación y son, en consecuencia, contrarias a derecho, por lo que procede anularlas y dejarlas sin efecto", razona.
Tras conocer el fallo, el secretario de ACPV, Toni Gisbert, así como el resto de recurrentes han valorado la sentencia, "especialmente en este contexto de crisis, porque claramente determina que las administraciones públicas deben continuar financiando la protección y la defensa de los servicios y las políticas públicas de normalización lingüística, en cuanto que esta tarea es una obligación legal de la que no se puede huir".
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