El Supremo tumba las 13.500 viviendas previstas en Arroyofresno y Campamento
El alto tribunal censura el intento del Ayuntamiento de Madrid de "subsanar un plan nulo"
En 1997, Madrid se imaginó creciendo sin freno a costa de los pueblos vecinos, y decidió prepararse: el Ayuntamiento, regido por José María Álvarez del Manzano (PP), aprobó un plan general de ordenación urbana que exprimía todo el suelo disponible en el municipio, y que convertía en urbanizable y casi exclusivamente residencial el doble de superficie (10.000 hectáreas) de la que ocupa la almendra central.
Ahora, 15 años después, la realidad es bien distinta: la oferta de viviendas en la capital es muy superior a la demanda; hay barrios enteros planificados, que suman 200.000 pisos, cuya viabilidad pone en duda hasta el propio Ayuntamiento (sigue en manos del PP, ahora con Ana Botella); la ciudad ha sumado solo 390.000 habitantes, frente al auge de la periferia; y, encima, los madrileños tienen dificultades para acceder a una vivienda por su excesivo encarecimientos de los últimos años.
“Los intereses de los ciudadanos quedaron por detrás de los de los promotores inmobiliarios”, resume el líder municipal socialista, Jaime Lissavetzky. Este partido y la asociación Ecologistas en Acción plantaron cara al desenfreno, que llevó a convertir en urbanizables terrenos protegidos, y 15 años después el Tribunal Supremo les ha dado en parte la razón, anulando los desarrollos de Arroyofresno y de Campamento.
“Para dar respuesta a la demanda existente”, cifrada en 309.298 viviendas, el Ayuntamiento de Madrid (PP) anticipó en su plan de ordenación urbana de 1997 la construcción de 371.114 viviendas, y dejó suelo además para otras 171.121. En total, 542.235.
Entre 1997 y 2011 se concedieron licencias para 262.553 viviendas. En la corona norte, se ejecutaron la mayoría de actuaciones previstas; en el sur, en cambio, en los distritos de Vallecas y Vicálvaro (130.000 viviendas previstas), no. Tanto es así que el Ayuntamiento se plantea ahora “repensar” esos desarrollos.
Pero en su momento, el ansia de suelo llevó incluso a entregar al ladrillo parcelas catalogadas en el anterior plan de 1985 como no urbanizables y de especial protección. Fue contra esa decisión contra la que plantaron cara el Partido Socialista de Madrid (PSM) y la asociación Ecologistas en Acción.
Recurrieron ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) la aprobación definitiva, en abril de 1997, del plan urbanístico del Ayuntamiento de Madrid, refrendada por el Gobierno regional del ahora ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón.
Cinco años después, en febrero de 2003, los magistrados estimaron en parte su recurso. Finalmente, en 2007, el Tribunal Supremo zanjó la cuestión, echando atrás dos desarrollos: el Suelo Urbanizable Incorporado (UZI) 0.06 Arroyo del Fresno y el Área de Planteamiento Remitido (APR) 10.02 Instalaciones Militares de Campamento.
La sentencia avala en parte un recurso de Ecologistas en Acción y del PSOE
El resto de los desarrollos recurridos 10 años antes (Montecarmelo, Las Tablas, Sanchinarro, Cerros de los Gamos y Camino de los Caleros) fue dado por bueno.
Pero, en vez de aceptar la sentencia, tanto el Ayuntamiento como la Comunidad, ambos en manos del PP, intentaron rodearla. Así, decidieron remendar a posteriori las actuaciones que habían motivado el guantazo del Supremo. Lo hicieron mediante dos acuerdos de la Junta de Gobierno municipal del 28 de noviembre de 2007 y el 31 de marzo de 2009, siendo alcalde Gallardón; y otro del Consejo de Gobierno regional del 24 de enero de 2008, siendo presidenta Esperanza Aguirre.
“¿Puede subsanarse la falta de justificación después de haberse declarado la nulidad del plan por dicha causa?”, se pregunta el Supremo. Según PSM y Ecologistas, no. Según el TSJM, sí. Según el Supremo, no. O sea que no.
Socialistas y ecologistas presentaron un incidente de ejecución que pedía la nulidad de las acciones de Ayuntamiento y Comunidad; el TSJM dictó un auto en enero de 2010 desestimándolo, y otro en febrero de 2011 haciendo lo propio con el recurso de súplica. Ecologistas en Acción recurrió al Supremo, que el pasado 28 de septiembre consideró que “no se puede subsanar, enmendar o convalidar el plan nulo. La justificación no puede tener alcance retroactivo”.
Y va más allá: “Únicamente puede combatirse aquello que se conoce y cuando se comprenden las razones”. Así, considera “menoscabado el derecho de los ciudadanos a cuestionar” las decisiones administrativas, máxime ante la “repercusión significativa sobre el medio ambiente”.
Considera, pues, anulados los planes parciales y demás decisiones tomadas en Arroyofresno y Campamento. A 30 de septiembre, en Arroyofresno el desarrollo urbano (alcantarillas, farolas, aceras) estaba terminado al 95%-99%. Falta empezar las 2.754 viviendas previstas (chalés y bloques con pocas alturas) junto al monte de El Pardo, con conexiones de metro y cercanías, y ya sin el antiguo poblado chabolista de Pitis.
Las 10.700 viviendas previstas en los antiguos cuarteles de Campamento, 7.000 de ellas protegidas, han corrido peor suerte en estos años. Tras innumerables tropiezos, el desarrollo parecía avanzar el año pasado al traspasar el Ministerio de Defensa a una sociedad estatal por 150,5 millones de euros el 51% de los terrenos. Esos 2,11 millones de metros cuadrados junto a la autovía de Extremadura albergarán, además de viviendas, zonas verdes, equipamientos, etcétera.
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