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40 órdenes de desalojo cada año

El proceso judicial para que se abandone un inmueble ocupado de forma ilegal puede durar meses El propietario paga casi siempre las costas procesales

Agentes de la Ertzaintza proceden al desalojo del gaztetxe Kukutza, en el barrio bilbaíno de Rekalde, en septiembre del año pasado.
Agentes de la Ertzaintza proceden al desalojo del gaztetxe Kukutza, en el barrio bilbaíno de Rekalde, en septiembre del año pasado.TXETXU BERRUEZO

“Entrar en una vivienda o un edificio es fácil; solo hay que cambiar la cerradura. Lo complicado resulta sacar después a los okupas”. La frase es del juez decano de Bilbao, Alfonso González-Guija. Lo sabe bien. En 1999 tuvo que dirigir como juez de instrucción una operación de registro dictada por mandato de la Audiencia Nacional en Kukutza, el gaztetxe del barrio bilbaíno de Rekalde.

"Fue una operación compleja de madrugada. Hubo que levantar acta de todo lo que tenían para después analizarlo”, rememora. “Es en este tipo de situaciones cuando te das cuenta de cómo se organizan los okupas. En la planta más alta tenían su residencia y, con el tiempo, además de la puerta aparentemente normal que poseía el edificio, habían construido en el interior una polea que, en caso de desalojo policial, bajaba en cuestión de segundos una puerta de hierro de 10 centímetros de grosor”, añade.

Nada que ver con el desalojo sin incidentes del gaztetxe de Matiko, en Bilbao, del que el pasado jueves se cumplieron tres meses. El edificio, al que su propietario no ha dado uso en el último medio siglo, estuvo ocupado casi un mes. El último inmueble okupado en la capital vizcaína ha sido el gaztetxe de Uztaldi, en el barrio de Santutxu, cerrado el viernes por la Ertzaintza. Llevaba en funcionamiento desde julio.

Los juzgados de las tres capitales emitieron el año pasado un total de 42 órdenes de desalojo por uso en precario de un inmueble, es decir, por acceder a un edificio o vivienda sin permiso de su propietario. La cifra, que supone un 2,4% más que en 2010, se refiere a los casos tramitados por la jurisdicción civil. En la penal se registran solo una decena al año.

Bilbao concentra seis de cada diez sentencias que dictan los jueces

Por territorios, la fotografía cambia. Bilbao concentra seis de cada diez órdenes que se dictan. El resto proceden mayoritariamente de San Sebastián y, en menor número, de Vitoria. La capital guipuzcoana registró un incremento del 42,8% respecto a 2010, mientras que Bilbao bajó un 20,7% y Vitoria se mantuvo en los cinco episodios anuales.

Para González-Guija, “los datos reflejan que cada vez existe una mayor concienciación por parte de los okupas de que están actuando ilegalmente y de que más tarde o temprano se va a proceder contra ellos. Además, no hay tantos edificios vacíos”.

“No son datos alarmantes en comparación con Barcelona o Madrid. Ahora bien, es conveniente distinguir entre dos clases de okupas: quien tiene familia a su cargo y no posee ni recursos económicos ni lugar donde cobijarse, y la gente joven que ve un edificio entero vacío, empieza a hacer actividades y con el tiempo, de forma profesional, acaba como gaztetxe”, añade el magistrado. “Tienen una organización más pensada para resistir porque son conscientes de la ilegalidad de su ocupación”, dice.

En Euskadi, los juzgados emiten cada semana una orden de desalojo de okupas. No todas son problemáticas y “se activan porque el dueño del inmueble así lo pide”, explica el juez decano de Bilbao.

La mayoría de los propietarios opta por la vía civil para recuperar su bien

“El primer paso es decidir la vía jurídica que se va a tomar. La mayoría opta por la civil, que exige que el dueño del inmueble presente al juez toda la documentación referente a la ocupación”, apunta el decano del Colegio de Procuradores de Bizkaia, Pablo Bustamante.

La vía penal, la de la usurpación de bienes, resulta menos aconsejable, según los expertos. “Aquí, es el juez el que ordena investigar el caso. Si no se ajusta a la legalidad, abre un juicio oral y mientras tanto tienes al okupa en el inmueble. Es verdad que en ocasiones se puede desalojar con carácter cautelar a la espera del juicio”, indica González-Guija.

Dos agentes observan a un operario mientras tapia el acceso al 'gaztetxe' Uxotegi, en San Sebastián.
Dos agentes observan a un operario mientras tapia el acceso al 'gaztetxe' Uxotegi, en San Sebastián.jesus uriarte

Eso ocurrió con Kukutza hace ahora un año y tras una década de ocupación. Un juzgado bilbaíno ordenó el desalojo a la espera de que se celebre el juicio. Paradójicamente, si el procedimiento se declarase ilegal, no habría edificio que ocupar, ya que fue derribado. Con Uxotegi, en la Parte Vieja de San Sebastián, se siguió el mismo procedimiento en diciembre de 2011.

Para Iñaki Carro, abogado de la Oficina de Okupación —así la denominan quienes la integran—, “el derecho de propiedad no es un derecho absoluto, la propiedad se protege cuando se usa y cuando un edificio está vacío no hay perjudicado, por lo que no debe haber delito”.

Igual opina Giselle, una joven de 27 años que lleva tiempo accediendo, junto con otras personas, a edificios vacíos en Bilbao con el objetivo de reivindicar “una herramienta que permite ir contra el sistema”. “Nos reapropiamos de algo como es una vivienda que nos corresponde para realizar nuestros proyectos como personas y que no nos podemos permitir pagar ni siquiera en alquiler”, apostilla.

“Cada uno tiene su procedimiento. Nosotros, cuando entramos hace dos años en un edificio de la calle Tendería de Bilbao, primero hablamos con los vecinos para confirmar su situación y después le comunicamos por teléfono al dueño que estábamos dentro”, relata.

Los dos son conscientes de los escenarios a los que se exponen. Tanto la vía penal como la civil conducen al desalojo de un edificio o de un piso, “aunque con la penal la batalla jurídica entre las partes se puede alargar en el tiempo”, sostiene Bustamante.

De media, el proceso de desahucio por precario emprendido por los juzgados de las capitales vascas para que se abandone el inmueble puede durar entre uno y cuatro meses por la vía civil, lejos del año y medio que se tarda en Madrid. “El problema es ver el final del túnel”, dicen los expertos.

“Okupar suele salir gratis porque quienes cometen el delito se declaran insolventes y no pueden pagar las costas procesales”, explica González-Guija. “Siempre se investiga si tienen algún bien para embargar, pero no es lo normal y el propietario tiene asumido que es el coste que debe pagar por ver liberada su vivienda”, resalta.

En la mayoría de los casos, ese importe no supera los 500 euros. Depende, entre otras cosas, del grado de beneficio que pueda obtener el propietario. “Lo que no pueden hacer es utilizar medidas ilegales como cortarles la luz. Se han dado casos en los que hemos tenido que condenar al dueño por delitos de coacción”, concluye el juez decano bilbaíno.

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