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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Espíritu

Empiezo con dos citas de El espíritu de las leyes de Montesquieu. La primera dice “Hay que iluminar la Historia con las leyes y las leyes con la Historia”. La segunda: “Llamo prejuicio no a lo que hace que uno ignore ciertas cosas, sino a lo que hace que uno se ignore a sí mismo”. Poner el énfasis en el espíritu de las cosas, en sus fundamentos de valor y principio parece imprescindible —y justificaría en sí la referencia a Montesquieu— en estos tiempos que están tan enfermos por haber hecho lo contrario, por haber querido reducir lo inmaterial a una categoría de lo contable. Forzar y desvirtuar lo inmaterial: la justicia, la igualdad, la dignidad, la felicidad, la esperanza humanas, para que se subordine a lo contable ha provocado esta crisis y, por lo que vemos en las medidas adoptadas por el Gobierno de Rajoy, va a provocar también su prolongación entre nosotros.

Pero las dos citas de Montesquieu quiero aplicarlas hoy a la reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la que se condena a España por la aplicación de la doctrina Parot. No pueden en este asunto parecerme más pertinentes los dos recordatorios de El espíritu de las leyes. Porque creo que para aceptar esa sentencia basta con que el sistema jurídico español no se ignore a sí mismo. O si se prefiere, que es precisamente en el espíritu del sistema jurídico español, del sistema de garantías de nuestra democracia, donde se encuentran los fundamentos para oponerse a la doctrina Parot; y que mantenerlos o haberlos mantenido en la memoria, en una evocación actualizada, hubiera vuelto innecesaria o hubiera evitado esta decisión del Tribunal de Estrasburgo (que no favorece desde luego la imagen de España, en un momento en que no estamos precisamente en superávit de prestigio); y hubiera evitado también la rentabilización de la misma que está haciendo, para variar, el entorno de los terroristas afectados, en este caso Inés del Río, una etarra responsable de decenas de asesinatos.

El sistema jurídico español no sólo sienta el principio de la no retroactividad de normas, como las ahora invocadas, restrictivas de derechos individuales. Sino que, al establecer una pena máxima a cumplir, al oponerse así a la cadena perpetua que existe por ejemplo en otros países de nuestro entorno, define su espíritu. Un espíritu que se concede ese margen de acción y de confianza en los recursos de la democracia, y diría que de la naturaleza humana, para no descartar la rehabilitación de los condenados. Entiendo que el espíritu del sistema de garantías de nuestro Estado de Derecho da para mucho argumento definitivo contra la doctrina Parot. Y que no hay que ver en ese espíritu un beneficio para quienes, como el entorno etarra, ahora se apropian de la sentencia de Estrasburgo. No es un beneficio para ellos sino todo lo contrario: un firme sistema de exigencias; de luminosas exigencias, por seguir a Montesquieu, al que deben y deberán ajustarse.

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