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El TSJ niega la indemnización de las Cortes a un exdiputado autonómico

El acuerdo sobre finiquitos y pensiones adoptado en 2006 fue derogado cuatro años después

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha denegado el recurso de un exdiputado de las Cortes Valencianas en el que pedía al parlamento autonómico el pago de una indemnización de 50.374 euros por el cese de su actividad.

Según la sentencia, Manuel Gómez fue diputado autonómico por el PP durante la cuarta, quinta y sexta legislatura e interpuso un recurso de casación contra un acuerdo de la mesa de las Cortes de febrero de 2010 que denegaba el reconocimiento de la pensión.

Gómez pedía que se reconociera su derecho a cobrar 50.374,79 euros de indemnización por cese de actividad parlamentaria, condenando a las Cortes al pago de esa cantidad más los intereses procedentes, acogiéndose al reglamento de pensiones parlamentarias de 2006.

El juez ha considerado que este reglamento es nulo de pleno derecho, porque no contaba con estudios financieros y económicos, documentos "imprescindibles" por la repercusión que las indemnizaciones tendrían para el gasto público y los presupuestos autonómicos.

Por ello, la sentencia dice que las Cortes "no pueden ni deben" reconocer ni abonar a ninguno de los exdiputados que lo han solicitado hasta hora las prestaciones reguladas por ese reglamento, que comportaría "el menoscabo de la hacienda pública de la Generalitat valenciana".

El reglamento, aprobado por la cámara valenciana en diciembre de 2006, establece que quienes hayan sido miembros de las Cortes al menos dos años y no repitan como parlamentarios podrán optar a una indemnización equivalente a una mensualidad del último mandato por cada año como parlamentario, que se cobrará toda de una vez.

Gómez solicitó acogerse a esta medida en 2007 y la mesa de las Cortes aprobó en 2008 el pago de la indemnización, aunque en 2009 pidió un informe al Consell Jurídic Consultiu sobre esta indemnización.

El informe concluyó que el reglamento de pensiones parlamentarias y otras prestaciones económicas a favor de los exdiputados es nulo de pleno derecho, una posición que el TSJCV ha ratificado ahora con su sentencia.

Un total de 43 diputados han reclamado indemnizaciones por cese de actividad o el reconocimiento de su derecho a percibir una pensión, según lo estipulado en el acuerdo de 2006 que fue derogado cuatro años más tarde.

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