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Las multas por abusos de la banca llegarán a los 100.000 euros

El Gobierno endurece el Código de Consumo para que la banca sea más transparente Topa los intereses de demora que cobra la banca a un máximo de 2,5 veces el precio de dinero

Dani Cordero

Las multas derivadas de los abusos bancarios serán más altas que nunca. Hasta 100.000 euros, según las modificaciones que el Gobierno catalán ha introducido en la Ley del Código de Consumo, que ahora deberán ser refrendadas por el Parlament. El Ejecutivo aprobó ayer los cambios con los que pretende frenar los atropellos que marcan en muchos casos las letras pequeñas de los contratos de créditos e hipotecas y de otros productos financieros. En todo caso, el portavoz del Gobierno, Francesc Homs, aseguró que las nuevas medidas no tendrán carácter retroactivo.

Una de las novedades del articulado es el que hace referencia a los intereses de demora que las entidades financieras cargan sobre los clientes incapaces de asumir sus cuotas. El Gobierno ha fijado un techo máximo que se situará en 2,5 veces el interés legal del dinero, con lo que cualquier cláusula contractual que supere ese índice se considerará abusiva.

Según defendió Homs, la Generalitat pretende facilitar la transparencia y la información de que disponen los clientes cuando suscriben un contrato financiero, uno de los quebraderos de cabeza que se han destapado con la crisis y el alza de los impagos. La contratación de préstamos hipotecarios, créditos y productos financieros complejos, como las obligaciones preferentes, en los últimos años aflora desde hace meses como un serio problema para muchos ahorradores.

El reformulado Código de Consumo introducirá medidas para mejorar y ampliar el contenido de la información previa que se entrega al consumidor, en referencia a la posibilidad de incremento de los tipos de interés, el riesgo de perder la vivienda en caso de incumplimiento de los compromisos que estipula el contrato, los servicios adicionales que el cliente está obligado a contratar o las cláusulas que contengan un mayor riesgo. Incluso se establece que las entidades financieras deban entregar a sus clientes los contratos que vayan a suscribir tres días hábiles antes del día de la firma ante el notario, que también deberá advertir de derechos y obligaciones.

La Generalitat también perseguirá la publicidad engañosa de préstamos y créditos hipotecarios a través de comunicaciones publicitarias que levanten falsas expectativas entre los clientes. Asimismo, la ley promoverá la mediación y el arbitraje para la resolución de conflictos, especialmente en casos de ejecuciones hipotecarias, fórmula que la Agencia de la Vivienda de Cataluña ya estaba estudiando con diversas entidades del sector.

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Sobre la firma

Dani Cordero
Es integrante de la redacción de EL PAÍS en Barcelona, donde ha desempeñado diferentes roles durante más de diez años. Licenciado en Periodismo por la Universidad Ramon Llull, ha cursado el programa de desarrollo directivo del IESE y ha pasado por las redacciones de 'Ara', 'Público', 'El Mundo' y 'Expansión'. 

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