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El mayor incendio de los últimos años queda impune por falta de pruebas

La juez absuelve al único imputado por el fuego de Cerdedo en el que murieron tres personas para garantizar la presunción de inocencia

Serafín Pardiñas, ayer, en la Audiencia Provincial de Pontevedra
Serafín Pardiñas, ayer, en la Audiencia Provincial de PontevedraCARLOS PUGA

Sin esperar al veredicto del jurado, la magistrada de la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra Cristina Navares absolvió ayer a Serafín Pardiñas de los cargos por incendio y homicidio involuntario que le achacaban fiscal, Xunta y acusación particular en el juicio por el incendio de Cerdedo que en agosto de 2006 mató a dos mujeres y quemó 8.000 hectáreas de monte. La magistrada decidió que las pruebas en su contra eran tan endebles que solo procedía utilizar una “facultad excepcional” de la ley y declararlo inocente.

“Se disuelve el jurado por la inexistencia de prueba de cargo”, declaró la jueza, que se valió del artículo 49 de la Ley del Tribunal del Jurado para dar carpetazo a la causa. “Cierto es que el hecho es de una magnitud extremadamente grave y de consecuencias desmedidas”, señaló, y precisó que tomaba la decisión para “salvaguardar el derecho constitucional a la presunción de inocencia”.

Por mucho que los testimonios de las jornadas anteriores hubiesen sido dubitativos, la decisión sorprendió al fiscal, que anunció su intención de recurrir. “Está en su derecho, tanto en apelación como después en casación”, le respondió esta. La letrada de la Xunta, que pocos minutos antes había señalado que la culpabilidad de Pardiñas era tan evidente que incluso los testigos “eran prescindibles”, permaneció en silencio.

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La acusación particular, que había dedicado la mayor parte del tiempo de su intervención en el trámite de conclusiones a convencer al jurado de que la Xunta había tenido parte de culpa de las muertes por responder tarde y mal a la alerta, se quejó una vez se levantó la sesión. “Las pruebas podrán ser suficientes o no, pero desde luego sí que las hay, y el jurado debería valorarlas", dijo. El abogado defensor, por su parte, dijo no estar sorprendido, si bien durante la vista pidió que en caso de condena se tuviese en cuenta el retraso en la causa a la hora de fijar la pena, de cinco años según la petición del fiscal y de 25 según la acusación particular. “Todos saben de la gravedad del incendio y en aquel momento había que buscar un culpable”, lanzó.

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Hasta la sorpresiva decisión de la magistrada, la tercera jornada de juicio había tenido como foco la declaración de la perito médico, que debía emitir su opinión sobre el estado mental de Pardiñas, alcohólico desde hacía años y en una situación personal próxima a la indigencia. “No sufre ninguna alteración psiquiátrica ni deterioro cognitivo”, aseveró, e insistió en que cuando se le incriminó "comprendía lo que se le imputaba".

Pero tras tres días de interrogatorios los únicos hechos incontrovertidos de la causa eran que hubo un incendio y que Pardiñas había mentido sobre su paradero durante la jornada. Nadie lo vio en el lugar del foco, sino a una distancia de al menos un kilómetro —algún testigo la elevó a tres— ni se encontró nada que lo incriminase, y el hecho de que durante la instrucción reconociese su culpabilidad carecía de valor jurídico desde el momento en que se había echado atrás. Tras su absolución, se mostró casi tan parco como en los días anteriores, en los que no dijo palabra. "Estoy muy tranquilo, me voy para casa, no andéis detrás de mí".

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