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Ministerio y Obispado recurrirán la readmisión de la profesora de religión

El Juzgado de lo Social de Almería ordenó la readmisión de Resurrección Galera en el plazo de cinco días y hasta el 31 de agosto, fecha en la que finaliza el presente curso

Resurrección Galera.
Resurrección Galera.SANTI BURGOS

El Ministerio de Educación y el Obispado de Almería van a recurrir el auto que ordena la readmisión de la profesora de religión Resurrección Galera, que no fue renovada para el curso 2001/2002 en un colegio público por decisión de la autoridad eclesiástica tras casarse por lo civil con un divorciado.

El abogado del Estado que representa al ministerio, Demetrio Carmona, ha señalado a Efe que interpondrá en los próximos días un recurso de reposición contra el auto dictado la semana pasada por el Juzgado de lo Social número 3 de Almería, que ordena la readmisión de la profesora en el plazo de cinco días y hasta el 31 de agosto, fecha en la que finaliza el presente curso.

Carmona, al que todavía no le han notificado el auto, ha considerado que el contrato temporal con vigencia de un año no puede extenderse hasta 2012, a la vez que ha advertido de que la readmisión de la profesora en el colegio de Infantil y Primaria Ferrer Guardia de la capital almeriense afectaría a la otra persona que ahora ocupa su plaza y no ha participado en el proceso.

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Ha señalado que la readmisión de la profesora supondría un incumplimiento de la normativa vigente, puesto que no cuenta con el visado de aptitud que debe emitir el Obispado y no se ha verificado que cumpla con los requisitos de la normativa que entró en vigor en 2007.

El abogado del Obispado de Almería, Luis Docavo, ha indicado a Efe que interpondrá otro recurso, aunque ha preferido no dar detalles.

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El Obispado, que defiende que corresponde a la autoridad eclesiástica la propuesta de los profesores de religión, tal y como establece el Concordato entre el Estado Español y la Iglesia Católica, presentó en abril un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) en el que sostiene que es "enteramente constitucional el hecho de que no pueda impartir religión y moral católicas quien no profesa voluntariamente los dogmas de esta fe religiosa".

El abogado del Estado que representa al ministerio ha abogado por proceder a la extinción de la relación laboral, tal y como interesó la Fiscalía, que consideró que la readmisión era "imposible" tanto por razones materiales como legales, ya que en estos momentos su plaza está ocupada por otra persona y en 2007 hubo un cambio normativo en las relaciones laborales del profesorado de religión.

Asimismo, se ha mostrado en desacuerdo en que de las cantidades que debe recibir la profesora no se descuenten las prestaciones por desempleo que ha cobrado durante los últimos años.

El juez Juan Carlos Aparicio emitió el auto tras escuchar a las partes en una vista celebrada el pasado 11 de abril para resolver la ejecución de la sentencia dictada por el mismo Juzgado de lo Social hace casi un año, que declaraba la nulidad del despido, de acuerdo a un pronunciamiento previo del TC, y obligaba a la readmisión de la profesora y al pago de los salarios que dejó de percibir.

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