La norma andaluza
La única experiencia descentralizadora consistente en nuestra historia es la desarrollada con base en la Constitución de 1978
El enfrentamiento entre una posición progresista y una posición conservadora en lo que a la articulación territorial interna del Estado se refiere ha sido una constante en nuestra historia constitucional. El reconocimiento de un poder municipal fue su primera forma de manifestación. Mientras los progresistas defendían que los alcaldes y concejales fueran elegidos por los vecinos y fueran, en consecuencia, portadores de un poder propio, los conservadores propugnaban que fueran delegados del Gobierno, siendo designados por el propio Gobierno o por los gobernadores civiles dependiendo del tamaño del municipio. Este enfrentamiento estuvo presente durante la mayor parte del siglo XIX.
A ese enfrentamiento en clave municipal sucedería el enfrentamiento en clave regional a medida que se va produciendo la extensión del derecho de sufragio con vocación de convertirse en sufragio universal. Cada vez que ha habido un protagonismo democrático de la sociedad española, el problema regional ha ocupado un lugar destacado en nuestra vida política. Ocurrió en el sexenio revolucionario de 1868-1874, cuyo último acto fue la República Federal, y volvió a ocurrir en 1931-36 con la Segunda República.
En el primer caso el impulso descentralizador fue brevísimo, no llegando a entrar en vigor siquiera la Constitución federal. La reacción centralizadora de la Restauración fue de una duración extraordinaria. En el segundo el impulso descentralizador tuvo más consistencia, aunque fue muy convulso y acabó no en una reacción conservadora sino en una guerra civil y en un régimen anticonstitucional que solo acabaría con la transición a la democracia tras la muerte del general Franco.
Quiere decirse, pues, que la única experiencia descentralizadora consistente en nuestra historia constitucional es la que se ha desarrollado con base en la Constitución de 1978. El resultado ha sido una descentralización política comparable con la que existe en los estado federales conocidos.
Ese resultado ha sido posible por la relativa prevalencia del centro-izquierda en estos tres primeros decenios de desarrollo de la Constitución. No era el diseño del centro-derecha español en el momento de inicial puesta en marcha de la Constitución, que intentó imponer una interpretación de la Constitución en clave catalana y vasca. Sería en el año 1982, con la llegada del centro-izquierda al poder, primero en Andalucía y después en el Gobierno de la nación, cuando se pondría en marcha el proceso de construcción de un Estado territorializado por completo en diecisiete comunidades y dos ciudades autónomas.
Con esta forma de Estado no se ha encontrado nunca cómodo el centro-derecha español, como se tuvo ocasión de ver en la experiencia de gobierno del PP entre 1996 y 2004. En cuanto dispuso de mayoría absoluta se puso de manifiesto una deriva recentralizadora, que estaba diseñada para ir mucho más lejos, pero que se vio truncada por los resultados electorales de 2004.
Esa reacción conservadora, interrumpida en 2004, es la que ahora se está intentando reactivar. Hasta el momento no ha tenido una traducción institucional. Pero sí se han producido avances ideológicos muy importantes en esa dirección. En la batalla de las ideas y de los programas sí se han dado muchos pasos. La campaña de desprestigio del Estado autonómico ha sido muy intensa y parece que ha calado. Los resultados del próximo domingo van a ser un buen indicador. La autonomía andaluza ha sido la norma del Estado autonómico. Supuso el tránsito del derecho a la autonomía como excepción al derecho a la autonomía como norma. Sin la norma andaluza el Estado autonómico no hubiera sido lo que ha sido.
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