El Consejo de Estado rechaza la ley que impide ser diputado y alcalde a la vez
El órgano consultivo ve que hay "fundamentos jurídicos" para un recurso de inconstitucionalidad
El Partido Popular ha obtenido una victoria preliminar en su lucha contra la modificación de la ley electoral andaluza que impide que una misma persona pueda ejercer como alcalde y como diputado autonómico al mismo tiempo. El Consejo de Estado, máximo órgano consultivo de Gobierno, ha dictaminado que existen “fundamentos jurídicos” para interponer un recurso de inconstitucionalidad” contra el régimen de incompatibilidad de cargos públicos que contempla la norma.
En su dictamen, fechado el pasado 26 de enero, el Consejo de Estado concluye que la actual incompatibilidad del cargo de alcalde y parlamentario autonómico “constituye una vulneración de los derechos constitucionales de sufragio pasivo y de acceso a cargos públicos (...) y una discriminación que carecen de justificación razonable y que resultan no proporcionados, lo cual hace que incurran en inconstitucionalidad”. La reforma de la ley electoral fue aprobada en el Parlamento de Andalucía con los votos de la mayoría absoluta del PSOE, y con el voto negativo del PP y la abstención de IU.
El Consejo de Ministros analizó en su reunión del 30 de diciembre un informe del ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, sobre la posibilidad de presentar un recurso de inconstitucionalidad contra la nueva redacción del artículo 6 de la Ley Electoral de Andalucía que establece la incompatibilidad entre los cargos de diputado autonómico y alcalde. Aunque la norma discutida está en vigor desde el pasado noviembre, el PP ha incluido a 11 alcaldes en puestos de salida para las elecciones del 25 de marzo.
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