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El Supremo avaló en marzo el uso del Sitel en un caso de tráfico de cocaína

La Guardia Civil detalló al juez todas las posibilidades del sistema de escuchas

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo estudió y avaló el funcionamiento del Sitel (Sistema Integrado de Interceptación de Telecomunicaciones) en una sentencia del pasado marzo que rechazaba un recurso sobre una condena por narcotráfico en cuya investigación se había utilizado el sistema. La Sala Penal aclara que se conoció en detalle el funcionamiento y posibilidades del sistema, la información que aporta, cómo se distribuye la información y analizó los fundamentos jurídicos de la autorización extendida por el juez instructor, que consideró "perfectamente ajustada a Derecho".

Además, se da la circunstancia de que la Guardia Civil de la Comandancia de Cádiz, que inicialmente había solicitado una intervención telefónica normal, advirtió al juez al día siguiente que la intervención "se llevaría a cabo mediante el sistema Sitel".

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El instituto armado describió en su comunicación las posibilidades del sistema y solicitó no sólo la observación, grabación y escucha de un teléfono móvil, sino que la autorización se extendiese también al contenido de las carpetas de audio, los mensajes de SMS, las comunicaciones mantenidas vía fax o Internet, y la identificación y localización de los repetidores. Además, pidió al juez que autorizase a conocer los números desde los que se llamaba al teléfono intervenido "aunque sean secretos"; los códigos internacionales de abonado móvil y la identidad de los titulares que llamasen al teléfono pinchado. Es decir, la Guardia Civil no sólo no hizo trampa, sino que advirtió específicamente al juez de instrucción cómo funcionaba el sistema Sitel y de los datos que le interesaban para desbaratar una operación de tráfico de cocaína. El PP, que ha emprendido una campaña por la supuesta ilegalidad del sistema, basa sus críticas en que todas estas posibilidades del Sitel no están reguladas.

La sentencia del Supremo, dictada por cinco magistrados de la Sala Penal y de la fue ponente el magistrado José Antonio Martín Pallín, recoge que el programa Sitel "es una implementación cuya titularidad ostenta el Ministerio del Interior" y su desarrollo "responde a la necesidad de articular un mecanismo moderno, automatizado, simplificador y garantista" para intervenir comunicaciones.

El texto detalla que el servidor y administrador del sistema se encuentran en la Dirección General de la Guardia Civil, explica los niveles central y periférico de seguridad, la información que aporta el sistema de automatización y el acceso por parte del personal autorizado. El acceso por el personal se realiza mediante código identificador y clave de usuario. El resultado final es un DVD que se entrega a la autoridad judicial con la evidencia legal del contenido de la intervención. "De este modo, el espacio de almacenamiento se reduce considerablemente, facilitando su entrega por la unidad de investigación a la autoridad judicial, verificándose que en sede central no queda vestigio de la información".

El Supremo analiza después el auto del juez número 1 de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), que reproduce los criterios del alto tribunal para la validez de la intervención: que los delitos sean de notoria gravedad (en este caso, tráfico de cocaína); que la intervención no sea para investigar actividades delictivas "genéricas"; que existan sospechas fundadas sobre el individuo; que no se puedan obtener datos relevantes por medios menos gravosos y que se justifique la autorización para que pueda comprenderla el investigado. A continuación, el juez razonó que concurrían todos los requisitos previstos y la intervención telefónica aparecía como el único instrumento posible para continuar las averiguaciones. El Tribunal Supremo respaldó plenamente la legalidad de la actuación.

De resultas de esas escuchas, la Guardia Civil desbarató la entrega de 8,2 kilos de cocaína cuyo valor estimado era de 292.542 euros. Fueron juzgados cuatro individuos, cada uno de los cuales resultó condenado a nueve años de prisión.

María Teresa Fernández de la Vega, en su comparecencia tras el Consejo de Ministros.
María Teresa Fernández de la Vega, en su comparecencia tras el Consejo de Ministros.CRISTÓBAL MANUEL

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