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Condenan a la Policía por privación injusta de la libertad de 9 manifestantes

Fueron detenidos durante el paro agrario de 2013. De acuerdo con el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, sufrieron tortura y tratos crueles a manos del Escuadrón Móvil Antidisturbios, ESMAD

Catalina Oquendo
Elementos del Escuadrón Móvil Antidisturbios durante una manifestación en Medellín, en 2021.
Elementos del Escuadrón Móvil Antidisturbios durante una manifestación en Medellín, en 2021.Miyer Juana (Getty Images)

Los excesos de la Fuerza Pública en la contención de protestas no solo tienen un efecto político y resquebrajan la confianza ciudadana, sino también consecuencias económicas para el Estado. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca acaba de condenar al Ministerio de Defensa y la Policía por daños morales a nueve personas, que fueron víctimas de “exceso de la fuerza y abuso de la autoridad, tratos crueles, inhumanos y degradantes” durante el paro agrario de 2013. La Nación tendrá que pagarle el equivalente a 100 salarios mínimos mensuales a cada uno de ellos (unos 100 millones de pesos, o alrededor de 23 mil dólares) y hacer un acto público donde les pida excusas.

Más allá de lo económico, la sentencia obliga a ambas instituciones a diseñar e implementar, en los próximos seis meses, una actividad de formación, que puede ser un seminario, foro o taller a todos los agentes, suboficiales y oficiales del Escuadrón Móvil Antidisturbios, ESMAD, que participaron en esos hechos ocurridos el 29 y el 30 de agosto de 2013 en Soacha. También deberá hacer un informe sobre lo ocurrido esos días en el cual debe identificar “las malas prácticas de la institución en el manejo de multitudes, así como sus consecuencias disciplinarias, penales y patrimoniales”. El Tribunal también condenó a la Rama Judicial y la Fiscalía por daños morales por la privación injusta de la libertad. Esta última institución deberá elaborar un manual sobre los principios y reglas del Protocolo de Estambul para la investigación y documentación de la tortura.

Todo esto se da cuando hay denuncias y demandas por hechos similares pero ocurridos en las movilizaciones sociales de 2019 y 2021, en medio de un fuerte debate sobre una reforma al ESMAD, que prometió en campaña el presidente Gustavo Petro pero que se ha descafeinado en los últimos días. El director de la Policía Nacional, el General Henry Sanabria, dijo que transformará el ESMAD y que el traslado de la Policía a un ministerio diferente al de Defensa aún está pendiente y sería gradual. “Los policías que violan gravemente derechos humanos, no deberían pasar a otro ministerio ni permanecer en la institución. Y así hay muchos aspectos en los que considero que hay necesidad de evitar un tránsito abrupto”, dijo a este diario el ministro de Defensa, Iván Velásquez.

Las víctimas reconocidas por la justicia son Walter Alejandro Durán Restrepo, Edison Alexander Suárez Pinzón, Pablo Mauricio Delgado Ortiz, Ángel Duván Ortiz Rodríguez, Edgar Ricaurte Ávila, Omar Andrés Ruiz Torres, Jhon Jairo Chiviri Téllez, Juan Camilo Lizarazo León y Oscar Mauricio Vásquez de Castro.

Este último, según se relata en la sentencia, estaba viendo las protestas cuando fue detenido y trasladado en motocicleta hacia una estación de policía. A los 200 metros lo bajaron de la moto y, esposado a la parte de atrás del vehículo, lo obligaron a correr hasta la estación. Algo similar a lo que vivió Edison Suárez, quien fue arrollado por una motocicleta conducida por personal de la Policía “que le causó heridas en el brazo derecho; procedieron los agentes a obligarlo a subir al vehículo, golpeándolo, aplicándole descargas eléctricas y rasguñándole los brazos con una piedra”. O el caso de Jhon Jairo Chiviri, a quien también golpearon y trasladaron en moto. En el recorrido, dice el documento, “los policías abalanzaron las motos contra la gente aglomerada”, por lo que Chirivi resultó herido en la cabeza y el cuerpo.

ONU: se usan tipos penales excesivos

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Esta sentencia, que se refiere a hace más de 9 años, cobra vigencia por la violenta represión policial durante las protestas de 2021 y la denuncia de que, además de 28 manifestantes muertos a manos de la Policía, según Naciones Unidas, hubo excesos en detenciones. La ONU-Derechos Humanos registró 110 casos de personas, incluyendo 15 mujeres, detenidas y privadas de su libertad en relación con las protestas. La mayoría, informa esa oficina, jóvenes de entre 18 y 25 años, de escasos recursos, que habrían participado en las protestas o en los denominados espacios de resistencia en las principales ciudades del país. De esos casos, en 85 la Fiscalía incluyó el delito de concierto para delinquir entre la lista de delitos imputados y en 54 casos el delito de terrorismo.

A comienzos de septiembre, Juliette De Rivero, la Representante en Colombia de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, dijo en el Congreso de la República que en las detenciones ocurridas en las protestas se han utilizado “tipos penales graves y desproporcionados a las conductas típicas observadas”. “Una de las principales preocupaciones es el uso de tipos penales, como los de concierto para delinquir y terrorismo, que de acuerdo con las normas y estándares internacionales de derechos humanos aplicables no resultan adecuados para sancionar las conductas violentas que pueden surgir en el marco de las protestas”, dijo De Rivero. “La utilización del delito de terrorismo resulta excesiva para las conductas violentas que se dieron durante las protestas por parte de las y los manifestantes”.

La ONU también dijo que le preocupaba la estigmatización de las personas pertenecientes a las llamadas “primeras líneas” al acusarlos de concierto para delinquir porque “puede llevar a criminalizar de manera general a los jóvenes que han sido parte de las primeras líneas y de manera indirecta a quienes de una u otra forma han colaborado con ellas”; y finalmente, dijo que les preocupaba “la utilización de la persecución penal como un instrumento de disuasión”.

Congresistas del Pacto Histórico buscan, a través de una comisión especial, revisar las condiciones de las personas capturadas durante el estallido social y conseguir su libertad. Muchos siguen en la cárcel o bajo detención domiciliaria. No hay cifras claras sobre cuántos fueron víctimas de montajes judiciales durante las marchas, pero la Defensoría del Pueblo ha dicho que en al menos 89 casos las detenciones fueron ilegales.

En el informe titulado Paro Nacional 2021: Lecciones aprendidas para el ejercicio del derecho de reunión pacífica en Colombia, la ONU también había dicho que “entre las violaciones documentadas por la Oficina se encuentran el uso innecesario o desproporcionado de la fuerza, que resultó en las privaciones arbitrarias de la vida, las violaciones a la integridad y seguridad personal, así como las detenciones arbitrarias, la violencia sexual”.

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Sobre la firma

Catalina Oquendo
Corresponsal de EL PAÍS en Colombia. Periodista y librohólica hasta los tuétanos. Comunicadora de la Universidad Pontificia Bolivariana y Magister en Relaciones Internacionales de Flacso. Ha recibido el Premio Gabo 2018, con el trabajo colectivo Venezuela a la fuga, y otros reconocimientos. Coautora del Periodismo para cambiar el Chip de la guerra.

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