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Condenado por acosar a su exnovia con más de 400 SMS en seis días

El tribunal considera que el acusado maltrató y amenazó a la mujer, pero le absuelve del delito de agresión sexual por falta de pruebas

Un joven envía mensajes con su teléfono móvil.
Un joven envía mensajes con su teléfono móvil. SANTI BURGOS

Un joven de Alicante ha sido condenado a penas que suman dos años de cárcel por maltratar, amenazar y acosar a su exnovia, a quien llegó a enviar más de 400 mensajes de texto 'sms' a su teléfono móvil en seis días para reanudar la relación. El maltratador, identificado como Aarón M.E., declaró durante el juicio que estaba enamorado de la chica y se había “obsesionado” con ella. El tribunal, sin embargo, le ha absuelto de un delito de agresión sexual al considerar que no hay pruebas de que violara en una ocasión a su expareja.

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Aarón M.E., que tiene 21 años, comenzó a salir con la chica en agosto de 2015. La relación duró solo unos meses. Concretamente hasta que ella, cansada del control diario al que la tenía sometida y de sus celos, comenzó a sentir “miedo”, según su propio testimonio. El 3 de abril del pasado año, el acusado la abordó cerca de su domicilio y le propinó un empujón, mientras le gritaba que no podía "hacer lo que le diera la gana". La víctima subió a su casa, pero un rato después, cuando regresó a la calle para pasear a su perro, se topó de nuevo con él. El chico le espetó que se merecía “una buena hostia” y le entregó un teléfono destrozado y le dijo que la había emprendido a golpes con el objeto “por no hacérselo a ella”, tal y como se recoge en la sentencia dictada por la sección primera de la Audiencia de Alicante.

Al día siguiente, el joven comenzó una campaña de acoso hacia la víctima con la intención de que volviera con él a través del teléfono móvil. La chica ya le había bloqueado en la aplicación WhattsApp, por lo que él tuvo que recurrir al tradicional 'sms'. Más de 400 mensajes le envió en tan solo seis días. Todos con tintes amenazantes: "O me desbloqueas o el lunes estás sin trabajo", "venga o te arruino la vida" "o me desbloqueas ya mismo o verás", entre otras frases. A veces, el texto incluía el chantaje de un posible suicidio.

Esa clase de hostigamiento es castigado con mayor severidad, no solo como coacciones leves, desde la reforma legal aprobada en 2015. El maltratador, en este caso, quería "saber cuándo quedaba con sus amigas, cuándo y con quién conversaba a través del WhattsApp”. Para los magistrados, consciente de que la víctima ya no quería comunicarse con él, “desplegó una conducta reiterada y continuada en el tiempo de intentos de comunicación telefónica”.

El nuevo delito del artículo 172.3 del Código Penal, razona el tribunal, persigue las acciones que alteran gravemente la vida cotidiana de las mujeres que sufren violencia machista. Como “molestar, ofender, desacreditar, abochornar, humillar, ultrajar, criticar o limitar la libertad del otro”. Seguir a la víctima por la calle durante un trecho, por ejemplo, esperarla constantemente a la puerta de casa o el continuo envío de mensajes y llamadas suponen “un acto intolerable para la legislación penal”, aduce el fallo, que reconoce una indemnización de 2.000 euros para la perjudicada por daños morales.

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El tribunal, en cambio, no considera acreditado que el implicado violara a su excompañera el 8 de abril de ese mismo año, 2016, después de que ambos acordaran verse en casa de la chica. "El relato que ella ha realizado de los hechos, y en concreto de la violencia ejercida por el acusado para conseguir el acceso carnal, se ha ido suavizando en las diferentes ocasiones en las que ha prestado declaración", argumenta la sala.

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