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El Consejo de Estado responsabiliza a Defensa del accidente del Yak-42

El alto órgano asesor dice que el ministerio tuvo indicios del riesgo que suponían estos vuelos y no se actuó

El entonces ministro de Defensa, Federico Trillo, con chaqueta azul, en el lugar del accidente, el 27 de mayo de 2003. En vídeo, las reacciones del presidente, Mariano Rajoy, al informe del Consejo de Estado.Foto: reuters_live | Vídeo: CHEMA MOYA (EFE) / QUALITY
Miguel González

No tendrá consecuencias económicas, pero es una gran victoria moral para las familias de las víctimas. Más de 13 años después, el Consejo de Estado ha reconocido oficialmente por vez primera la responsabilidad del Ministerio de Defensa, dirigido entonces por Federico Trillo, en el siniestro que costó la vida a 62 militares que regresaban de Afganistán el 26 de mayo de 2003. El dictamen, que ya está en manos de la ministra María Dolores de Cospedal, reconoce la responsabilidad patrimonial del Estado en la mayor catástrofe de la historia moderna del Ejército español en tiempos de paz.

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“Hay, pues, anteriores a la fecha del siniestro, hechos que habrían permitido a la Administración ponderar el especial riesgo concurrente en el transporte de tropas en que se produjo el accidente. Dicho con otras palabras pudieron ser advertidas circunstancias que habrían llamado a la adopción por los órganos competentes de medidas que pudieran haber despejado el riesgo que se corría”, concluye el dictamen al que ha tenido acceso EL PAÍS.

El informe, aprobado el pasado 20 de octubre por unanimidad de la Comisión Permanente del Consejo de Estado, el máximo órgano consultivo del Gobierno, que preside el exministro del PP José Manuel Romay Beccaría, supone un severo varapalo para los responsables del Ministerio de Defensa de la época, al determinar que el accidente pudo haberse evitado si estos hubieran cumplido con su deber de velar por las condiciones en que viajaban los soldados.

Tres sentencias por la catástrofe aérea

Demanda civil. Tras la anulación de un primer fallo, el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Zaragoza condenó el 11 de marzo de 2010 a la compañía UM Air, al brokerChampman Freeborn y a la aseguradora Busin a indemnizar a 291 herederos de las víctimas del accidente del Yak-42 de mayo de 2003. La Audiencia de Zaragoza y el Supremo ratificaron la sentencia.

Demanda penal. El Juzgado Central de Instrucción número 3 acordó en febrero de 2012 el sobreseimiento libre de los seis altos mandos militares imputados de un delito de imprudencia con resultado de muerte en relación con la contratación del avión Yak-42. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional confirmó en mayo de 2012 el archivo de la causa por considerar que no había delito.

Identificación de cadáveres. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condenó en mayo de 2009 al general médico Vicente Navarro a tres años de prisión y a los comandantes José Ramón Ramírez y Miguel Ángel Sáez a un año y seis meses por un delito de falsedad en documento oficial al haber falsificado las identificaciones de 30 de los 62 militares fallecidos. El general murió sin cumplir condena y los comandantes fueron indultados.

El dictamen puede parecer contradictorio con el hecho de que la Audiencia Nacional archivase la causa abierta contra media docena de mandos militares —incluido el entonces jefe del Estado Mayor de la Defensa, Antonio Moreno Barberá— por entender que los hechos no eran constitutivos de delito. Sin embargo, el dictamen se remite al propio auto de archivo, que concluyó la “ausencia de responsabilidad penalmente relevante, nunca la de cualquier otra responsabilidad de naturaleza diversa”. Es decir, el hecho de que no hubiera delito no implica que no hubiese ninguna responsabilidad. Y la que aprecia el dictamen es la patrimonial del Estado, dentro de un expediente administrativo que se abrió en 2004 y cuya tramitación quedó paralizada hasta que se agotó la vía judicial, en 2014.

Para llegar a la conclusión de que el Estado fue patrimonialmente responsable, se basa en los hechos probados por los tribunales, aunque con un enfoque muy diferente. Coincide en que la causa del accidente fue el agotamiento y el estrés de los pilotos, tras 22 horas de vuelo, y el hecho de que no hubieran recibido formación para afrontar este tipo de situaciones, lo que les llevó a desorientarse y estrellar el avión contra el monte Pilav, cuando se disponían a hacer escala en Trabzon (Turquía).

Pero, frente a la tesis de los entonces responsables de Defensa de que no tenían ninguna responsabilidad sobre las condiciones en que volaban los soldados, ya que esa función correspondía a NAMSA, con la que se contrataron los vuelos, el Consejo de Estado sostiene que de dicho contrato no se deduce en absoluto “un total y completo traslado de responsabilidades” a la citada agencia de la OTAN. Y no puede serlo, añade, porque vulneraría la legislación española, que impone al Estado la obligación de comprobar e inspeccionar la actividad de sus contratistas, más aún en actividades de riesgo.

Pretender que el Estado podía desentenderse de su obligación de garantizar en todo lo posible la seguridad de militares a los que había enviado a cumplir una misión de alto riesgo a Afganistán y trasladarla a un tercero “no parece compatible” con la ley, concluye el Consejo de Estado.

Sin embargo, el Ministerio de Defensa no solo no fue proactivo a la hora de garantizar la seguridad de las tropas, sino que ni siquiera reaccionó ante las señales de alarma. Frente a la afirmación de Trillo de que las únicas quejas recibidas antes del siniestro se referían a incomodidades o retrasos, el dictamen subraya la importancia del informe secreto del Centro de Inteligencia y Seguridad del Ejército (CISET) que, el 28 de abril de 2003, casi un mes antes del accidente, advertía: “Se están corriendo altos riesgos al transportar personal en aviones de carga fletados en países de la antigua URSS, su mantenimiento es como mínimo muy dudoso”.

Defensa intentó descalificar este informe alegando que su autor no tenía “ningún conocimiento en seguridad aeronáutica o mantenimiento de aeronaves”, pero el Consejo de Estado replica que esa advertencia era suficiente para desencadenar “una comprobación o verificación” de su denuncia. “Desgraciadamente los hechos se encargaron de demostrar que sus valoraciones no estaban alejadas de la realidad, cualquiera que sea la opinión sobre los conocimientos del autor”, se lamenta.

En conclusión, dictamina que las víctimas del Yak-42 sufrieron un daño que trasciende el riesgo consustancial a la profesión militar y que “no tienen el deber jurídico de soportar”, por lo que el Estado es patrimonialmente responsable. Pero rechaza indemnizarles por considerar que las sumas satisfechas en los últimos 13 años han supuesto una reparación adecuada, en la medida en que ello es posible. La ministra de Defensa, María Dolores de Cospedal, tendrá que decir la última palabra.

La cadena de subcontrataciones afectó a la seguridad

M. G.

Cuando el sucesor de Trillo al frente de Defensa, José Bono, visitó en mayo de 2004 el lugar del accidente, se comprometió ante los familiares de las víctimas del Yak-42 a aclarar la verdad. Bono impulsó las pruebas de ADN que permitieron comprobar que las identidades de 30 de los cadáveres eran falsas y ordenó investigar la maraña de subcontrataciones que rodeó la el flete del avión. Ello permitió saber que de los 149.000 euros pagados por el Yak-42 sólo 38.442 dólares (unos 36.500 euros) los cobró la compaía que operó el avión, UM Air. El resto se lo embolsaron otros cuatro subcontratistas. Aunque Trillo calificó este sistema de “cadena de confianza” y el Consejo de Estado admite su legalidad, añade: “Es razonable pensar que esa progresiva disminución del precio afectó también a las condiciones exigidas al contratista”. Defensa alegó que NAMSA no le informó de las sucesivas subcontrataciones, pero sí supo con antelación que el avión era de Ucrania y el contrato obligaba a la agencia de la OTAN a autorizar caso por caso el flete de aparatos de países que no pertenecieran a la OTAN. No fue la única irregularidad: la caja negra que registra la voz en cabina (VCR) no funcionaba desde hacía 45 días, lo que dificultó la investigación y era motivo suficiente para prohibir despegar al Yak-42, y el seguro obligatorio de 75.000 dólares por pasajero nunca se suscribió. El Gobierno español se lo anticipó a los herederos con cargo a fondos públicos, pero nunca pleiteó para recuperar ese dinero.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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