Google asegura que borrar datos va contra la "objetividad" de Internet
La Audiencia juzga la negativa del buscador a proteger el derecho al olvido
Si se eliminan o modifican los contenidos, Internet perdería la "objetividad" y el primer perjudicado sería la sociedad de la información. Si los particulares pudieran borrar todo lo que les perjudicara, la Red se convertiría en un "álbum de familia". Si alguien ordena que se desindexe un contenido, vulneraría la libertad de expresión y eso sería "censura". Con estos argumentos, Google defendió ayer ante la Audiencia Nacional su negativa a cancelar datos personales de cinco ciudadanos que vieron lesionados su derecho a la privacidad y a la dignidad.
Las informaciones en cuestión habían aparecido publicadas en su mayoría en boletines oficiales. Internet hizo que la divulgación fuera universal. Los afectados reclamaron a Google que impidiera los enlaces y ante la negativa de la compañía, recurrieron a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Este organismo reclamó el "derecho al olvido", es decir, el derecho de cualquier ciudadano a impedir que sus datos personales aparezcan en Internet y a que se mantengan allí eternamente, cuando algunos como los antecedentes penales prescriben con el tiempo.
La empresa admite que es posible, pero caro, eliminar información
La compañía dice que únicamente le afecta la ley de California
La vista que ayer se celebró en la Audiencia Nacional es el primer pleito de este tipo al que se enfrenta Google en España. La compañía ha eludido sistemáticamente (ha recurrido alrededor de 70 resoluciones de la AEPD) el borrado de datos alegando que la responsabilidad de los contenidos es del propietario de la página web. Los buscadores se limitan a "almacenar" la información. "Son un reflejo de los contenidos de los servicios. Son meros intermediarios", insistió el abogado de Google, Javier Aparicio Salom, del bufete Cuatrecasas, que se escudó en una cuestión de territorialidad para deslegitimar la actuación de la AEPD.
Enfatizó que el servicio lo presta Google Inc., compañía radicada en Estados Unidos que "no utiliza filiales" para el tratamiento de datos. Por tanto, no le son de aplicación las leyes locales. "Solo la ley de California", aseguró. "Es una carrera en solitario. La agencia española persigue al buscador fuera de su jurisdicción", dijo Aparicio.
"¿Quiere eso decir que la protección de los derechos se tiene que ejercitar en California?", preguntó el presidente del tribunal. Para el abogado del Estado José Antonio Perales, la respuesta es clara. "En el tratamiento de los datos, Google utiliza medios situados en territorio español" al hacer uso de las cookies, una especie de galletas que reconocen al usuario y rastrean los sitios visitados para insertar publicidad. Por eso, la AEPD se declara competente para obligar a Google a que retire todos aquellos contenidos que un ciudadano considere ilícitos. Recordó que en Estados Unidos prevalece la defensa de la propiedad intelectual respecto a la protección de datos, pero en Europa la situación es distinta y echó mano de una sentencia de Reino Unido según la cual cuando se ha acreditado que un contenido es difamatorio, Google está obligado a desindexarlo y retirarlo. Internet, dijo, no puede ser un espacio donde los "insultos, amenazas o delitos" circulen impunemente.
De hecho, Google admitió que técnicamente es posible evitar la indexación de determinados contenidos, como los números de las tarjetas de crédito o de la seguridad social, pero sostuvo que eliminar los nombres de las personas era un proceso caro porque los buscadores indexan términos de manera continua, automática y masiva.
Un juicio pionero
El tribunal de la Audiencia Nacional encargado de dirimir el conflicto entre Google y la Agencia Española de Protección de Datos se enfrenta a un caso pionero en el mundo. Por eso ha despertado una expectativa inusitada. Los miembros del Tribunal bombardearon a preguntas a las dos partes en conflicto. Querían saber la relación entre Google Spain y Google Inc. y si esta última podría ser demandada en España o su jurisdicción acaba justo antes de cruzar las fronteras de California.
Se interesaron también por el negocio del buscador y si la empresa podría sobrevivir si no albergara publicidad. Y preguntaron si técnicamente es posible borrar los contenidos indexados a una página de cualquier boletín oficial, sobre la base de qué criterios se efectúa una indexación, dónde se guardan las páginas indexadas, durante qué periodo de tiempo y cada cuánto pasan las arañas para refrescar los contenidos.
Ante la negativa de Google a actuar, según dijo, como censor, llegó la pregunta clave: cuando bloquea páginas en China, ¿eso no es censurar contenidos?
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