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Interior presenta a los profesionales taurinos las reformas del reglamento

El Ministerio de Justicia e Interior presentó, el pasado lunes, a los profesionales taurinos en la Comisión Consultiva las reformas del reglamento que su titular, Juan Alberto Belloch, había prometido, en noviembre de 1994, para principios de la temporada que ahora finaliza. El paso de esta reforma, a la que la comisión dio su visto bueno, son su estudio jurídico por el Consejo de Estado, que la enviara para su aprobación al Consejo de Ministros. Al día siguiente se publicará en el BOE y entrará en vigor, lo que el ministerio calcula a principios de noviembre.El borrador definitivo de esta reforma, en el que se recogen críticas al propio reglamento obra del ex ministro Corcuera al escribir textualmente "cuya aplicación no ha conseguido los objetivos previstos en orden a la erradicación de fraudes en la integridad de las astas", recibió también el consenso de las 16 comunidades autónomas en las que se celebran festejos, cuyos responsables de asuntos taurinos asistieron a la reunión.

Fuentes de Interior justifican el retraso explicando que era fundamental este consenso después de las elecciones municpales del pasado mes de mayo, de las que salieron los, respectivos nuevos responsables, para evitar que cada una de ellas sacase su propia normativa. Este consenso incluye que la de Navarra, única que tiene su propio reglamento en vigor, se haya comprometido adaptarlo ahora al español una vez reformado.

La reforma significa la desaparición de los artículos 49 (que permitía el arreglo de las astas de los toros, en el campo) y 59,1 (que autorizaba a los ganaderos a lidiar toros bajo su responsabilidad, aunque hubiesen levantado sospechas de afeitado a los veterinarios de servicio). Otras novedades que recoge son el derecho de los espectadores a presenciar los reconocimientos (nuevo apartado del artículo 34), e incluso cuando se trate de "personas de reconocida competencia" a presidir los festejos (artículo 39).

También se limita el peso máximo de los novillos en plazas de tercera y se concede a los veterinarios la posibilidad de instar al presidente quien antes tenía en exclusiva esta competencia para, que se analicen las vísceras, de los toros cuyo extraño comportamiento durante la lidia haya levantado sospechas de que se les hubiera suministrado alguna droga (artículo 60).

Por último, la reforma vuelve a poner en vigor el principio de contradicción entre veterinarios de servicio y los que elijan empresa y ganadero cuando haya discrepancias sobre si un toro está o no afeitado.

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