El derecho al honor del criminal
‘El cuerpo en llamas’ se emitió, fue un bombazo y todos aplaudimos a Úrsula Corberó, que estuvo sensacional. Ahora, unos meses después, la Audiencia de Barcelona dice que el juzgado debió admitir la demanda


Nadie lo diría, a la vista del colapso cotidiano de los juzgados, pero España no es una sociedad litigante. Una telenovela pícara como la de Better Call Saul no sería verosímil si sucediera en Albacete en lugar de Albuquerque, Nuevo México. Quizá por eso el género judicial esté un tanto subdesarrollado por aquí, y es una pena, porque pocas cosas tienen tanta potencia dramática como un buen juicio. Que se lo digan, si no, a Justine Triet, que nos ha enseñado en Anatomía de una caída cuán raro y entretenido es un proceso penal en Francia.
Los más viejos recordarán los pedetes lúcidos de Turno de oficio, excepción preciosa, pero los jueces españoles se ocupan más de la ficción de lo que la ficción se ocupa de ellos. No somos litigantes los de la canalla, el común de la plebe, pero a los personajes que están en el candelabro de Mazagatos les gusta más una querella que una fiesta del Chatarrero, por lo que los directores y guionistas procuran contar con su colaboración expresa cuando fantasean con sus vidas, por lo que pueda tronar. Saben que los jueces son muy sensibles a las quejas de los aludidos: a la mínima, adoptan medidas cautelares. Es decir, paralizan el rodaje o secuestran las copias impidiendo su estreno, lo cual puede hacer polvo a la productora más solvente. Por eso lo normal en España es curarse en salud.
Este escrúpulo solo rige para la gente con influencia y posibles. Cuando un desgraciado se hace famoso (casi siempre por ser culpable de un crimen), a nadie le importa su opinión. Ni siquiera a los jueces. Cuando Rosa Peral reclamó medidas cautelares contra la producción de Netflix El cuerpo en llamas, ni siquiera se admitieron a trámite porque le faltaba no sé qué papel. La serie se emitió, fue un bombazo y todos aplaudimos a Úrsula Corberó, que estuvo sensacional. Ahora, unos meses después, la Audiencia de Barcelona dice que el juzgado debió admitir la demanda. No dice que debió adoptar medidas cautelares, aunque sí que el juzgado debió escuchar a Peral y pronunciarse sobre sus argumentos. Esto puede parecer una anécdota en el océano de recursos y procesos judiciales, pero puede afectar mucho a los futuros true crimes, casi todos producidos con la impunidad de quien sabe que los convictos no tienen derecho al honor. Un juez acaba de decir que sí lo tienen. Ojito.
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