Los tribunales cierran el paso a la venta de tabaco por Internet
Una sentencia sanciona la promoción de un estanco a través de la red
El Juzgado de lo Central de lo Contencioso Administrativo de Madrid ha ratificado una multa de 12.020 euros impuesta a un estanco por realizar promociones a través de Internet. Vender tabaco en la red, e incluso la publicidad en este canal, constituye una infracción grave y sancionable, según este fallo que hoy recoge Cinco Días.
El Comisionado del Mercado de Tabacos multó en 2001 a una expendeduría de tabacos con 12.020 euros por estas actividades. El interesado pidió que se revisase la sanción, pero su recurso de alzada fue desestimado. Tres años más tarde, la Justicia ha dado la razón al organismo regulador y su sentencia "es firme y no cabe contra ella recurso ordinario".
La decisión, según informa Cinco Días, se basa en la Ley de Ordenación del Mercado de Tabaco, de 1998, en la que se recoge como infracción grave "la inobservancia de las condiciones de suministro a particulares o puntos de venta con recargo". Un real decreto posterior especifica alguna de estas conductas, entre ellas "la venta a distancia o por medios telemáticos".
En el sector, que incluye unos 16.000 estancos de España, se encuentran opiniones contrapuestas sobre este asunto. Mientras la Unión de Asociaciones de Estanqueros considera "totalmente positiva" las iniciativas que se realicen para cumplir las leyes, la Asociación Nacional de Expendedores de Tabaco se muestran totalmente en contra, pues dicen que la actividad sancionada solo buscaba "la modernización del sector".
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