Absueltos dos exalcaldes de Almonte y 13 agricultores acusados de extracción ilegal de aguas en Doñana
El juez considera que los administradores de las fincas realizaron las extracciones al creer que “eran legales”, porque contaban con autorización. El fiscal de Huelva estudia recurrir la sentencia
El Juzgado de lo Penal 1 de Huelva ha absuelto a los exalcaldes de Almonte Francisco Bella (PSOE) y José Antonio Domínguez (PP) y a 13 agricultores que fueron juzgados el pasado marzo por un presunto delito de extracción ilegal de aguas subterráneas del espacio natural de Doñana. Los encausados por un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente estaban acusados de causar “riesgo de perjuicio grave” al equilibrio de los sistemas naturales del parque y, subsidiariamente, de un delito de usurpación-distracción de aguas.
Contra la sentencia, notificada este jueves a las partes, cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Huelva. El magistrado absuelve a los 15 procesados, los exalcaldes como cómplices y el resto como coautores del delito, y a siete entidades vinculadas a los administradores, según ha hecho público el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en un comunicado.
El juez considera probado que el Instituto Andaluz de Reforma Agraria (IARA), organismo de la Consejería de Agricultura y Pesca, firmó entre 1996 y 2006 varios convenios con el Ayuntamiento de Almonte para realizar una experiencia de introducción de técnicas de cultivo de fresa compatibles con el fomento de la agricultura y ganadería ecológicas en el marco de la sostenibilidad.
Para ello, el IARA cedió al Ayuntamiento unas hectáreas de terreno determinadas en el paraje Matalagrana, que forma parte del Espacio Natural de Doñana. Según el juez, el objeto de los convenios era la explotación agraria de esas parcelas, por lo que el Ayuntamiento de Almonte, “como mero intermediario”, firmó con la Asociación de Agricultores de Matalagrana sendos convenios mediante los cuales cedía las hectáreas de tierra previamente convenidas con el IARA para su explotación a cambio del pago de un canon que dedicaba exclusivamente a arreglar los caminos de acceso y actuaciones similares. En los citados convenios, “se hablaba del uso de técnicas no agresivas con apoyo mínimo de riego” y “se encomendaba al Ayuntamiento el seguimiento y vigilancia de los cultivos”, según indica la sentencia fechada este jueves 23 de diciembre.
De este modo, el juez asegura que los 13 acusados como administradores de diferentes explotaciones agrícolas de la zona, en ejecución de los convenios aludidos, hicieron uso de los sondeos para la extracción de agua del acuífero 27 Almonte Marismas para regar sus respectivas explotaciones “en la creencia de que eran legales porque los mismos contaban con las autorizaciones correspondientes”.
El acuífero 27 nutre a los 2.410 kilómetros cuadrados de la reserva natural de Doñana, el espacio protegido más emblemático de España con 1.440 especies de flora, además de unas 300 aves y mamíferos como el lince ibérico.
El fiscal jefe de Huelva, Alfredo Flórez, que llevó la acusación, ha afirmado este jueves tras conocer la sentencia que lamenta profundamente enterarse del fallo por la prensa y mucho más que “después de nueve meses se incumpla el compromiso del magistrado de notificarla en audiencia pública y se espere para notificarla a un 23 de diciembre”. Flórez ha añadido que estudiará un posible recurso cuando la sentencia se comunique correctamente al Ministerio Fiscal. En el juicio, la Fiscalía solicitó para los exalcaldes un año de cárcel y el pago de una multa de 2.160 euros, así como seis meses de inhabilitación especial para profesión u oficio relacionado con la agricultura, mientras que los agricultores se enfrentaban a dos años de prisión, multa de 7.200 euros, e inhabilitación especial para todo lo relacionado con la agricultura durante un año.
En la sentencia absolutoria, el juez argumenta que los agricultores creían actuar “bajo el amparo de las administraciones competentes en materia de aguas y medio ambiente, sin alterar el balance hídrico del acuífero y sin generar un riesgo de daño grave sobre el espacio protegido de Doñana, así como sobre las especies que alberga y sus hábitats”. Mientras que los dos exalcaldes, también según agrega el magistrado, “carecían de competencias para ordenar a los acusados la suspensión del riego y la clausura de los sondeos”, por lo que “no pudieron realizar comportamiento alguno que pudiera favorecer una supuesta extracción ilegal de aguas”.
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