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¿Para qué servirá? ¿Qué información incluirá? Claves sobre el pasaporte sanitario europeo

La Comisión Europea ha dado luz verde a la propuesta de un certificado digital que permita facilitar la libre circulación dentro de la UE durante la pandemia

Jessica Mouzo
Un hombre camina con varias maletas en un carro en la terminal T4 del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, en Madrid el 15 de marzo.
Un hombre camina con varias maletas en un carro en la terminal T4 del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, en Madrid el 15 de marzo.Ricardo Rubio (Europa Press)

El Ejecutivo comunitario pone en marcha el pasaporte sanitario. Es una medida que ha reclamado España, entre otros países, en gran parte porque facilitará la recuperación del turismo. El plan aún tiene que ser avalado por el Consejo de la UE y el Parlamento Europeo, pero estas son las líneas maestras que se conocen de momento.

¿Qué es?

Se trata de un certificado que expedirán los países de la UE a las personas vacunadas contra la covid, con un test diagnóstico negativo o que hayan pasado la enfermedad. Según el reglamento aprobado por la Comisión Europea, debe ser gratuito, con los datos en el idioma oficial del país y en inglés, y un código de barras (un código QR) que permita su lectura, tanto en formato digital como en papel.

¿Para qué sirve?

El reglamento aprobado por la Comisión Europea no concreta sus usos, pero su objetivo es facilitar la libre circulación dentro de la UE. Cada país tiene potestad para decidir sus atribuciones, con la única salvedad de que los privilegios que cada Estado otorgue a sus ciudadanos con ese certificado también se los deberá dar a las personas que vengan de otros países con ese documento. Es decir, que si España permite que ese pasaporte sirva para viajar por la UE sin hacer cuarentenas, también tendrán que aceptar que los ciudadanos de otros países con ese certificado no tengan que hacer aislamiento preventivo cuando llegan a España.

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Así, el principal uso del certificado será, previsiblemente, que las personas vacunadas puedan desplazarse por la UE sin necesidad de someterse a restricciones. Países del sur de Europa, como Grecia o España, así lo han reclamado. Aunque otros estados, como Bélgica o Francia se resisten a que el certificado se convierta en requisito para cruzar libremente las fronteras, al menos hasta que una gran parte de la población esté vacunada. El reglamento aprobado por la Comisión concreta, en todo caso, que el certificado no puede ser condición sine qua non para entrar en un país: si algún estado pide el documento vacunal, tiene que dar también otras alternativas para poder acceder (por ejemplo, PCR negativa y cuarentena previa).

Como ya ocurre en otros países, como Israel, el documento también podría servir como un pase verde para acceder a determinados espacios con alto riesgo de transmisión, como locales de ocio, grandes eventos culturales o gimnasios.

¿Qué vacunas se aceptarán?

Los Estados miembros están obligados a expedir un certificado de vacunación independientemente del fármaco administrado. La clave está en que, en el caso de las vacunas autorizadas por la EMA, todos los Estados que reconozcan una de estas cuatro inmunizaciones (Pfizer, AstraZeneca, Moderna o Janssen) como salvoconducto para la libre circulación de su población, deberán otorgar el mismo derecho a los ciudadanos de otros estados miembros vacunados con alguno de esos fármacos avalados por la EMA.

Los países tendrán potestad, no obstante, para reconocer también otras vacunas autorizadas solo a nivel nacional. Por ejemplo, un ciudadano húngaro inmunizado con el fármaco ruso o chino, no autorizados aún en la UE, solo podrá moverse por países de la UE que reconozcan esas inmunizaciones.

¿Cómo se probará que una persona ha pasado la enfermedad?

Según el reglamento, el certificado de recuperación tendrá que contemplar los siguientes datos: fecha del resultado positivo de la prueba, emisor del certificado, fecha de emisión y fecha de validez. El certificado de recuperación se debe emitir, como muy pronto, reza el reglamento, a partir del undécimo día después de la primera prueba positiva y su validez máxima es de 180 días. “Según el Centro Europeo de Control de Enfermedades, la evidencia reciente muestra que, a pesar de la diseminación del SARS-CoV-2 es viable entre diez y veinte días desde el inicio de los síntomas, los estudios epidemiológicos convincentes no han logrado mostrar la transmisión de la enfermedad después del día 10″, justifica el reglamento.

¿Cuál será la validez del certificado?

La Comisión Europea no lo concreta y asegura que dependerá “de la evidencia científica”. “A medida que surgen nuevas pruebas científicas, se podrían ajustar los períodos para los cuales los certificados son relevantes para la exención de los requisitos de salud pública aplicables”, apunta el organismo europeo. El reglamento también introduce algunos principios básicos, por ejemplo, establecer el período máximo de validez del certificado de recuperación en 180 días.

¿El certificado está ya en funcionamiento?

No. El proyecto solo ha pasado el primer trámite, que es la aprobación por parte de la Comisión Europea. La propuesta tendrá que debatirse ahora en el Consejo de la UE, donde están representados los 27 gobiernos de la UE, y también al Parlamento Europeo. El proyecto debe aprobarse en los dos organismos y, aunque no hay plazos fijados para culminar la tramitación, Bruselas confía en que esté en marcha, previsiblemente, para el mes de junio.

¿Hay consenso científico respecto a la propuesta?

No. La principal crítica de los detractores se centra en que todavía hay muy poca población vacunada (el 9% con la primera dosis en UE; el 4% con la pauta completa) y puede generar situaciones de discriminación hacia las personas que no han podido acceder aún a la vacuna. De hecho, la Organización Mundial de la Salud ya se ha posicionado en contra de un pasaporte vacunal por el temor a que aumenten las desigualdades entre países.

Para salvar esta situación, sin embargo, Bruselas propone que el pasaporte no sea solo vacunal, sino también un certificado del resultado de pruebas diagnósticas y de recuperación de la enfermedad. Este último supuesto, sin embargo, ha abierto otro melón en el campo de la bioética: los expertos consultados advierten que dar un pase verde a las personas que han pasado la enfermedad puede incitar a infectarse para poder viajar, sobre todo, entre la gente joven, que, además de que serán los últimos en acceder a la vacuna, suelen pasar la covid de forma leve.

Los expertos también plantean dudas por la falta de evidencia sobre cuánto durará la inmunidad con la vacunación, así como la protección tras haber pasado la enfermedad. “Todavía hay muchas incógnitas”, ha admitido a EL PAÍS la comisaria europea de Salud, Stella Kyriakides. “Aún no sabemos con certeza cuánto dura esa inmunidad si uno ha tenido covid-19 o los anticuerpos. Todavía se está investigando. Por eso los certificados han de ser lo suficientemente flexibles como para poder ajustarlos según el nivel de evolución de la ciencia”.

Con información de Bernardo de Miguel y Guillermo Abril.

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Sobre la firma

Jessica Mouzo
Jessica Mouzo es redactora de sanidad en EL PAÍS. Es licenciada en Periodismo por la Universidade de Santiago de Compostela y Máster de Periodismo BCN-NY de la Universitat de Barcelona.

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