El toro de Osborne no está solo
La ley que prohíbe la publicidad en las carreteras tiene grietas por donde se cuelan cientos de anuncios. Los carteles aumentan la distracción y el riesgo de accidentes
Si gira la cabeza ligeramente hacia la derecha, podrá observar el anuncio de una conocida marca de telefonía móvil. Se eleva junto a un panel que ofrece colchones para un descanso más confortable. Algunos metros por detrás de estas vallas publicitarias, una hilera de almacenes que lucen carteles con llamativos colores conforman un conglomerado de ofertas variopintas: sofás, muebles de cocina, equipamiento para cuartos de baño, plantas y productos de jardinería, electrodomésticos, herramientas y materiales para toda clase de reformas, vehículos o utensilios para el hogar. Cuando vuelve a mirar hacia el frente, se cerciora de que sigue manteniendo la distancia de seguridad adecuada con el vehículo que circula frente al suyo. Es importante que lo haga, porque está usted conduciendo un vehículo.
Las carreteras españolas están salpicadas de anuncios que conviven con carteles informativos de la Administración, de comercios y establecimientos de todo tipo. Aunque la Ley General de Carreteras, del año 1988, prohíbe la publicidad en los tramos interurbanos de las vías estatales, anunciantes y empresas han sabido encontrar los huecos de la normativa para colocar sus reclamos y vender mejor sus productos.
Las zonas calificadas urbanas están exentas de la limitación
El popular toro de Osborne, que sobrevivió a la ley aunque perdió su rótulo, es el caso más emblemático. La famosa bodega logró que su célebre toro fuese indultado, aunque dejó de lucir el nombre de su marca en las carreteras españolas. Y, sin embargo, ahora abundan los de otras empresas. En la autovía de la Costa del Sol enormes vallas publicitarias tapan parte del paisaje. Lo mismo ocurre en algunas carreteras de Mallorca, Madrid y Las Palmas de Gran Canaria. Si el objetivo último de la ley era evitar las distracciones para reducir los accidentes, ¿esta multiplicación de soportes publicitarios no despista también a los conductores? ¿Necesita la ley de carreteras una revisión?
“La propia ley, de entrada, abría la puerta a la trampa”, asegura el catedrático de Derecho Administrativo y presidente de la Academia Asturiana de Jurisprudencia, Leopoldo Tolivar. El artículo 31 de la ley de carreteras considera infracción muy grave “establecer cualquier clase de publicidad visible desde la zona de dominio de la carretera —ocho metros en vías rápidas y tres en el resto, añadidos a cada lado de la calzada—. “Pero la ley exime de la prohibición a los tramos urbanos, a toda zona calificada como urbana en el plan general”, aclara Tolivar. Este primer hueco permite que “se pueda encaramar cualquier panel en todo territorio recalificado que no esté muy alejado de la ciudad”, añade.
La norma dejaba abierta la puerta a la trampa, afirma un catedrático
La recalificación de terrenos puede dar lugar a situaciones contradictorias. “Nos podemos encontrar en una circunstancia en que el terreno a un lado de la carretera es rústico y al otro es urbano”, señala Felio J. Bauzá Martorell, profesor universitario de Derecho Administrativo y consejero secretario del Consejo Consultivo de Baleares. Es decir, que a un lado no se puede poner publicidad y al otro sí. O también puede ocurrir que una carretera atraviese un núcleo urbano. “En estos dos últimos casos, la licencia corresponde al Ayuntamiento en cuestión”, puntualiza Bauzá. Y, por tanto, no se somete a la Ley General de Carreteras, aunque se trate de una vía, por la que, por ejemplo, se pueda circular a más de 50 kilómetros por hora, el máximo permitido en ciudad.
Esta zona fronteriza, que separa el suelo urbano del interurbano, es la más problemática, según el presidente ejecutivo de la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC), Alejandro Perales. “¿Dónde empieza la ciudad y dónde acaban las carreteras?”, se pregunta Perales. El experto en comunicación constata la abundancia de publicidad en las autovías de las ciudades. “En Madrid, por ejemplo, en la M-40 o en la carretera de Pozuelo hay bastantes carteles publicitarios”, asegura.
Aquella ley que "coartaba la libertad de expresión"
‘Salvemos al toro’
“Coarta la libertad de expresión”. Nadie entendería hoy esta frase pronunciada para criticar la prohibición de instalar publicidad en las vías interurbanas. Pero en 1989, cuando las empresas se vieron obligadas a quitar los carteles que infringían la Ley General de Carreteras, aprobada un año antes, hubo grandes resistencias.
Unos 5.000 carteles fueron retirados, un duro golpe para el sector publicitario, que facturaba al año, según la Asociación Española de Empresas de Publicidad Exterior (AEPE), 26.000 millones de pesetas (126,56 millones de euros) por más de 35.000 vallas. “Desaparecerán el 50% de los 3.000 empleos”, lamentaron los empresarios.
La AEPE criticó duramente la norma. “Las vallas son un medio de comunicación público e independiente” de gran importancia en periodos electorales y para informar a los turistas que entran en España por carretera, aseguraba. Y si hoy en día ninguno de los expertos consultados pone en duda que las distracciones son un factor de riesgo en la conducción, especialmente a gran velocidad, las empresas de publicidad exterior defendieron entonces que “no existía ninguna relación constatable” entre los accidentes de tráfico y los despistes ocasionados por un anuncio en carretera.
Algunas empresas taparon sus carteles con papel o pintura blanca. Las más rebeldes formularon querellas por cada valla retirada. Pero solo una fue indultada: la silueta negra del toro de Osborne, que anunciaba el brandy Veterano.
Para intentar sortear la ley, el Grupo Osborne borró del toro el rótulo de “Brandy Veterano”. En 1994, la publicación del Reglamento General de Carreteras puso el toro de Osborne en el punto de mira. Pero comunidades autónomas y Ayuntamientos iniciaron la campaña Salvemos al toro. Consideraban que más que una publicidad se había convertido en un “bien cultural”. Incluso ofrecieron terrenos para poder recolocar a los toros sin infringir la ley.
En 1997, el Tribunal Supremo declaró que la silueta negra iba más allá de lo meramente comercial “superando su sentido publicitario e integrándose en el paisaje”. Hoy en día, sobreviven 91.
Además de las zonas urbanas, también son excepciones en la ley de carreteras “los carteles informativos autorizados por el Ministerio de Fomento” y “los rótulos de establecimientos siempre que estos estén colocados sobre el edificio”, explica Leopoldo Tolivar. Y, nuevamente, si el objetivo de la norma es no distraer al conductor, esta segunda excepción no contribuye a la seguridad. “Estos carteles pueden tener luces intermitentes”, subraya el profesor universitario, que recuerda el caso de “un club nocturno en Asturias con una publicidad de láser”.
Uno de los principales huecos de la ley está en su propia definición. “Es una ley estatal y, por tanto, solo afecta a las carreteras estatales, pero la mayor parte de la red de carreteras es autonómica”, recalca Tolivar.
En España hay 15.000 kilómetros de vías de alta capacidad y 150.000 kilómetros de carreteras convencionales. De todas ellas, el Estado solo gestiona el 15%. En cuanto al resto, el 40% es competencia de las autonomías y el 45%, de las diputaciones y cabildos, según datos del Ministerio de Fomento. No obstante, por la Red de Carreteras del Estado circula el 52% del tráfico total y registra el 17% de los accidentes. La contrapartida a estos porcentajes es que hay un 48% del tráfico en carreteras no controladas por el Estado en las que se producen más del 80% de los siniestros.
Y las leyes autonómicas son muy flexibles. “Como en tantas otras cosas hay 17 regulaciones distintas”, critica Felio J. Bauzá, en alusión a las notables diferencias entre unas y otras.
“Castilla y León ha tomado el toro por los cuernos y desde el año 2008 ha eliminado en su ley la excepción de los tramos urbanos y solo permite la publicidad en las travesías [carreteras que atraviesan ciudades]”, explica el presidente de la Academia Asturiana de Jurisprudencia. La antítesis es la Comunidad de Madrid: “En su ley, de 1991, no se habla de tramo urbano, sino de que en las carreteras madrileñas se puede colocar publicidad a 100 metros del borde de la plataforma de las vías”, continúa Leopoldo Tolivar. Más allá de este límite, la publicidad está permitida y, con el tamaño suficiente, se puede ver desde la calzada.
Otra normativa algo laxa es la catalana. Su ley, modificada en el año 2009, permite la publicidad en “los tramos urbanos de carreteras con calzadas separadas en que la velocidad máxima permitida sea inferior a 90 kilómetros por hora”, pero solo en 16 municipios, precisamente los del cinturón industrial de Barcelona, como Badalona, Castelldefels, Cornellà de Llobregat o L'Hospitalet.
No obstante, y a pesar de sus vacíos, la ley de carreteras ha servido para limitar los anuncios. Unos 5.000 carteles fueron retirados, según la Asociación Española de Empresas de Publicidad Exterior. “Ya casi se nos olvida pero antes de que se aprobara la ley, las carreteras españolas estaban cuajadas de publicidad”, señala Alejandro Perales.
El 48% del tráfico circula por carreteras que no controla el Estado
La publicidad, indudablemente, distrae. “Si no distrajera no estaría bien hecha ya que lo que busca es captar la atención”, considera el experto en comunicación. Y en los anuncios en el exterior, tanto en ciudades como vías interurbanas, los mensajes han de ser impactantes porque el tiempo de exposición es muy pequeño. “Los publicistas se esfuerzan por escoger mensajes cortos, del tipo ‘Lo vas a descubrir' o ‘Dentro de poco, la inauguración”, explica Ignacio Lijarcio, director de proyectos de la Fundación para la Seguridad Vial (Fesvial).
Y si los mensajes distraen, la publicidad en las carreteras se convierte en un problema de seguridad vial porque “puede suponer un elemento distractor y puede generar accidentes”, continúa Lijarcio. Según el experto en seguridad vial, cuando el automovilista sufre “estrés perceptivo, porque hay mucha acumulación de información y no es capaz de decodificarla en un momento determinado, puede que deje de atender a lo importante, que en ese caso es la carretera”.
“Todo conductor tiene tres escenarios: la carretera, el vehículo y su propio mundo”, enumera Ignacio Lijarcio. En la carretera tendrá que atender al resto de coches, al estado de la circulación y a las señales. En el vehículo, deberá controlar la información del salpicadero, como la velocidad o el nivel del carburante. “El tercer escenario es cuando se está pensando en uno mismo y si estamos en este escenario y encima estamos decodificando la información de los anuncios, se puede crear un alto riesgo”, argumenta Lijarcio.
La norma supuso la retirada de unos 5.000 carteles publicitarios en 1989
Este riesgo es aún mayor en “la publicidad variable”, afirma el experto en seguridad vial. La publicidad estática, como un cartel, solo es novedosa al principio porque, pasado un tiempo, se produce “un fenómeno de habituación” y el conductor deja de prestarle atención, explica Lijarcio. Pero la variable, aquella en la que la información va cambiando, u otra con elementos llamativos como leds, atrae la atención del conductor con más facilidad. “En ciudad no tiene tanta importancia porque la velocidad es baja, pero en carretera puede resultar peligrosa”, apostilla Perales.
Aunque en Fesvial no cuantifican el número de carteles informativos —“porque sería un atrevimiento”, estiman—, sí ratifican que hay zonas con “bastante concentración”. “Habría que regularlo”, señalan.
Y anunciarse en carreteras es muy fácil, porque si los anuncios proliferan, también son muchas las empresas que ofrecen este servicio.
Con una simple búsqueda en Internet, es sencillo localizar una compañía que ofrece soluciones de comunicación exterior, entre ellas, “monopostes en carretera, normalmente ubicados en las principales vías de acceso o circunvalaciones de las grandes ciudades”. Según describe la empresa, estos soportes se montan sobre “un fuste en altura que combinados con una buena iluminación los convierte en un soporte de gran espectacularidad”. Y no es la única empresa que garantiza a los anunciantes “las mejores localizaciones en las carreteras”. Las ofertas son muy variadas. Y todas lo hacen sin ningún tipo de disimulo, porque no lo necesitan: si buscan los huecos de la ley, no incurrirán en infracción alguna.
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