Un profesor universitario, condenado por abusar de dos alumnas
El juez le impone una pena de tres años y ocho meses de prisión
Un profesor de la Universidad Autónoma de Madrid, Carlos Gil, de 55 años, ha sido condenado a un total de tres años y ocho meses de prisión como autor de dos delitos de abuso sexual cometidos contra sendas alumnas suyas durante unas prácticas académicas desarrolladas en un paraje de la localidad de San Roque (Cádiz). La sentencia declara probado que Gil, docente de la facultad de Psicología de la Universidad Autónoma de Madrid, en la que imparte clases de Antropología, se desplazó con varios estudiantes a esta localidad para completar unas prácticas de la asignatura consistentes en “observar” la conducta “de unos primates” que se hallaban “en libertad” en el paraje conocido como el Pinar del Rey, situado en San Roque.
Varios alumnos, entre ellos las dos afectadas, y una profesora adjunta llegaron al lugar, procedentes de Madrid, el 12 de mayo de 2006. Siempre según la sentencia, todos los asistentes “se repartieron entre las tres habitaciones que había [en una casa del paraje] para dormir”. Y una vez allí colocaron sus sacos de dormir en el suelo. En una de las habitaciones se instalaron varios alumnos, entre ellos las dos afectadas, una profesora adjunta, el profesor Gil y otra “persona identificada como Luis”, señala la sentencia, dictada por el Juzgado de lo Penal 4 de Algeciras (Cádiz), donde se celebró el juicio luego de seis años de instrucción.
Los hechos ocurrieron durante unas prácticas en un paraje de Cádiz
Al día siguiente, 13 de mayo, y tras cenar todos en la casa que compartían, las dos alumnas afectadas se retiraron a su habitación para descansar y poder afrontar la agotadora jornada que les aguardaba al día siguiente. Cuando ambas se “encontraban profundamente dormidas”, el profesor se acercó primero a una de ellas, “tumbándose junto a ella”, según la sentencia. La alumna se despertó y le preguntó qué hacía allí, a lo que Gil respondió que “le apetecía dormir allí”, para inmediatamente después abrazarse a ella. Y, “con un claro ánimo libidinoso, comenzó a tocarle los pechos”. La alumna se levantó y se fue de allí.
Seguidamente, el acusado se acercó a la otra alumna, que dormía en su saco profundamente, motivo por el que no se había percatado de lo ocurrido con su compañera. Esta alumna también “se despertó al comprobar que alguien la estaba tocando”. Y comprobó que se trataba de su profesor, que se había tumbado junto a ella y estaba metiendo “la mano dentro del saco de dormir, y recorriendo con su mano (…) todo el cuerpo” de la alumna “hasta llegar a su cadera”, mientras “la apretaba contra sí con la finalidad de acercarla aún más a él”.
El acusado alegó
que sufría un problema
de sonambulismo
Cuando la alumna se levantó para salir de allí, el profesor la agarró con la finalidad de que volviera al saco, aunque “logró zafarse”. Fuera de la habitación estaba la otra alumna, consternada por lo sucedido. Una de las estudiantes, según la sentencia, necesitó tratamiento psicológico durante dos años y desde entonces rechaza a las personas con “pelo blanco” y repudia todo lo que tiene que ver con la Universidad Autónoma. La sentencia refuta que las alumnas, “buenas estudiantes y que aprobaron sobradamente la asignatura”, denunciaran al profesor guiadas por un “ánimo espurio” o razones “económicas”, contra lo que sostuvo Gil. Entre otros argumentos, el juez se basa en el testimonio de la profesora adjunta, cuya versión coincidió con lo expresado por las afectadas.
La defensa alegó que el profesor “sufría un problema de sonambulismo” y que en alguna ocasión “se ha despertado sentado en la cama sin saber qué hacía allí”. “Lo único que hice”, explicó en el juicio el profesor, “fue levantarme para dar una vuelta a pie y volver a mi saco”, con lo que trató de abonar su tesis de que actuó en estado de sonambulismo. También alegó que esa noche bebió alcohol. El juzgado rechaza que concurra el sonambulismo y el estado de embriaguez y sostiene que Gil fue plenamente consciente de lo que hacía y a quién se acercó aquella noche. “No solo tocó [a una de las afectadas] con su mano, sino que la apretó contra sí, y siendo rechazado por ella insistió y utilizó un acto violento; esto es, cogerla por la fuerza para lograr su propósito, lo que descarta que estuviera anulada su capacidad intelectiva o volitiva”, razona el juez.
La acusación particular de una de las afectadas, encarnada por la abogada madrileña Carmen Roney, se muestra “satisfecha” con la resolución y confía en que esta condena cohíba a quienes se pravalecen de su condición de superioridad, en este caso académica, para cometer hechos atroces como este cometido contra sus propias alumnas.
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