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Tribuna
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'Guía de sedación paliativa': nada que celebrar

El documento de la OMC no aporta novedades ni da solución a algunos pacientes

Recientemente, la Organización Médica Colegial (OMC) y la Sociedad Española de Cuidados Paliativos (SECPAL) han dado a conocer a la prensa su Guía de Sedación Paliativa que, con cierta ingenuidad, ha sido acogida por algunos como un avance. Nosotros, médicos empeñados en reivindicar la autonomía real de las personas para diseñar por completo y en libertad su proceso vital, tras leer el documento que, hay que decirlo, nadie ha hecho llegar a sus presuntos destinatarios, los médicos, opinamos que nada hay en él digno de celebración. Ni como médicos ni, menos aún, como ciudadanos abocados a vivir más tarde o más temprano el proceso de nuestra propia muerte.

Intentaremos explicar nuestras discrepancias y reparos. En primer lugar cabe preguntarse en beneficio de quién se ha redactado la guía ¿de los pacientes en situación de terminalidad?, ¿de los médicos que les asistiremos? o tal vez ¿de la defensa de la vida como un don sacrosanto?

Porque si se hubiera tratado de beneficiar a los pacientes, a las personas que enfrentan la muerte en un horizonte cercano o inmediato, dando a sus médicos un instrumento para mejorar la atención en ese tramo final de la existencia, parecería lógico que a estas fechas el documento hubiera llegado a todos y cada uno de los médicos que, colegiados por imperativo legal, sufragamos la OMC con nuestras cuotas obligatorias. Cada día que se demore el conocimiento de la guía por quienes deberían aplicarla, nuevos enfermos y familias tendrán que enfrentar la muerte en un sufrimiento gratuito.

Bien es cierto que si un documento de mayor relevancia para la profesión médica como el Código Deontológico de la misma OMC no ha merecido la difusión —mucho menos la consulta— entre sus destinatarios, resultaría ingenuo esperar menos secretismo en éste.

La OMC se negó a la ley de muerte digna de Andalucía"

Viendo cómo se ha redactado la guía y su nula difusión entre ellos hay que concluir que tampoco parece haberse hecho en beneficio de los médicos. No se puede olvidar que tanto la guía como el Código Deontológico constituyen de hecho la norma que determinará si una concreta actuación médica se ajusta o no a la lex artis, ese difuso y confuso referente ético de cuya definición se apropian los integrantes de una organización, la OMC, con tan insignificante representatividad entre los médicos que si su elección se rigiera por los principios democráticos que regulan la participación en el legislativo, no alcanzaría representación parlamentaria.

Digámoslo con claridad: la OMC no intenta siquiera conocer la opinión de los médicos sobre estas cuestiones vitales porque está mucho más interesada en imponer al conjunto su visión particular y su ética obsoleta de la relación médico-paciente no sólo ignorando, incluso combatiendo, las leyes democráticas que regulan dicha relación. Los colegios de médicos son de hecho un elemento al servicio de los poderes fácticos reaccionarios que intentan evitar la democratización del ejercicio de la medicina e impedir que el paciente-ciudadano asuma el control de las decisiones que le afectan. Por eso, la OMC se opuso desde el principio a la ley de muerte digna de Andalucía alegando que avivaba “un debate social confuso e innecesario” y reclamando cláusulas de “objeción de conciencia” de los médicos para no cumplir con las obligaciones de buenas prácticas recogidas en la ley. Una estrategia de oposición que han compartido, por cierto, con la jerarquía católica y el Partido Popular.

Se nos antoja una peculiar coincidencia que el periodo de tiempo en que, según sus redactores, se ha elaborado la guía coincida exactamente con la aprobación y el debate de dicha ley andaluza a la que luego siguieron las de Aragón, Navarra y el proyecto de la estatal, en tramitación parlamentaria. Como damnificados por la incalificable actuación del consejero Lamela y del Partido Popular contra la sedación a pacientes terminales en el Hospital Severo Ochoa de Leganés, nos sentimos legitimados para preguntar por las razones que hacen esta guía necesaria ahora, tras las garantistas leyes de derechos ciudadanos en el proceso final de la vida, y no así hace siete años cuando la sedación terminal era puesta en la picota por los responsables políticos de la comunidad de Madrid.

No parece que su intención sea otra que la sacrosanta defensa de la vida"

No parece descabellado pensar que el objetivo de la publicación de esta guía de sedación paliativa, descartado el interés de enfermos y médicos, no sea otro que frenar el “deslizamiento” desde la sedación terminal, proclamada como derecho ciudadano por el artículo 14 de la ley andaluza, a “una eutanasia lenta” o “eutanasia encubierta” sobre la que previene la guía de la SECPAL y la OMC. Parece oportuno traer a colación la advertencia al respecto de la Conferencia Episcopal Española: “entre las conductas eutanásicas que se legalizarían con esta Ley está, en primer lugar, la posible sedación inadecuada”

Lo cierto es que, leída la guía con detenimiento, no parece que su intención sea otra que la sacrosanta defensa de la vida a que nos referíamos al principio, defensa que habría llevado al presidente de la OMC, Juan José Rodríguez Sendín, a presentar la sedación como “la mejor manera de luchar contra la eutanasia”. Porque si la verdadera intención de los redactores hubiera sido, como proclaman retóricamente, “que ningún enfermo sufra innecesariamente al final de la vida”, deberían haber inclinado la balanza entre los dos deberes fundamentales del médico según la guía: “respetar la vida y la dignidad de todos los enfermos”, en el sentido de la más eficaz prevención y alivio del sufrimiento, toda vez que en las situaciones de proximidad de la muerte el bien que el médico debe preservar a toda costa, incluso por encima de la escasa vida restante, es el confort del paciente, lo que exige la máxima eficacia en evitar el sufrimiento. ¿Garantiza esto la guía de la SECPAL-OMC? A nosotros nos parece que no; en absoluto. La guía no garantiza el respeto a las decisiones autónomas del paciente, a su dignidad personal, ni siquiera reduciendo la dignidad a la simple evitación del sufrimiento.

Empieza por distinguir entre síntomas difíciles de controlar y síntomas refractarios. Esta distinción podría ser un inocente ejercicio bizantino a no ser porque a renglón seguido sentencia que “no es aceptable la sedación ante síntomas difíciles de controlar cuando éstos no han demostrado su condición de refractarios”. Sigue la guía pontificando que los síntomas —nada menos que “delirio hiperactivo, nauseas/vómitos, disnea, dolor, hemorragia masiva y ansiedad o pánico” sólo adquieren la condición de refractarios cuando “no pueden ser adecuadamente controlados con los tratamientos disponibles, aplicados por médicos expertos, en un plazo de tiempo razonable” de tal manera que la sedación terminal, en la agonía, sólo esta indicada “para aquellos enfermos que son presa de sufrimientos intolerables y no han respondido a los tratamientos adecuados” y su aplicación “exige del médico, la comprobación cierta y consolidada de […] que existe un sufrimiento intenso causado por síntomas refractarios”. ¿Alguien cree de verdad que la intención de los redactores es evitar sufrimientos innecesarios al final de la vida? A nosotros no nos lo parece. A no ser que el concepto de la SECPAL y la OMC sobre el sufrimiento necesario esté más en consonancia con la opinión del arzobispo emérito de Pamplona: “Algunos confunden la dignidad de la muerte con el miedo al dolor”.

A muchos nos es muy difícil entender, desde una profesión que lleva siglos proclamando el tratamiento preventivo como muy superior al curativo hasta el punto de seguir vacunando hasta que las muertes producidas por la vacuna igualan o superan a las producidas por la enfermedad en no vacunados, que esta guía imponga tantas cautelas en lugar de recomendar utilizar todos los medios disponibles antes de que se produzcan esos sufrimientos intolerables. Para los autores de la guía, primero hay que “ser presa de sufrimientos intolerables” —intolerables ¿para el médico que los contempla o para el moribundo que los sufre?— y luego comprobar si se trata de síntomas refractarios o, simplemente, difíciles. No sea que caigamos en la eutanasia durmiendo a un paciente que sólo tiene una agonía entre síntomas difíciles que no han acreditado suficientemente su condición de refractarios; conducta reprobable sobre la que nos han prevenido los obispos.

Para este viaje no necesitábamos alforjas.

Luis Montes MiezaFernando Soler Grande son médicos y miembros de Derecho a Morir Dignamente.

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