Amnistía denuncia la especial vulnerabilidad de las mujeres inmigrantes ante el maltrato
La ONG señala que la tasa por millón de víctimas mortales es seis veces mayor entre extranjeras que entre españolas
En lo que va de 2007, según datos de la ONG pro derechos humanos Amnistía Internacional (AI) a 15 de noviembre, la tasa por millón de mujeres extranjeras asesinadas por sus parejas o ex-parejas es seis veces mayor que la tasa de las españolas. De las 65 mujeres asesinadas hasta esa fecha, 41 serían españolas y 24 extranjeras. Respecto a la nacionalidad de los agresores, aunque no se ofrecen datos gubernamentales que crucen la nacionalidad de los agresores con la nacionalidad de las víctimas, según los que facilita el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en 2006 sólo en uno de cada cuatro casos de mujeres muertas por violencia de género tanto la víctima como el agresor eran extranjeros.
Estas cifras evidencian que en España, al igual que en otros países, la violencia de género saca ventaja de la vulnerabilidad, la desprotección e indefensión de sus víctimas, en este caso las mujeres inmigrantes. Esta es la principal conclusión del informe de AI: Más riesgos y menos protección: mujeres inmigrantes en España frente a la violencia de género, presentado hoy con motivo de la celebración el próximo 25 de noviembre del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la mujer.
La principal investigadora del informe, María Naredo, ha señalado que, a pesar de la Ley Integral en vigor y de algunas medidas adoptadas, "lo cierto es que siguen existiendo desventajas y obstáculos que impiden a estas mujeres superar el ciclo de la violencia y obtener justicia".
Según Amnistía Internacional, continúa la desigual protección a los derechos humanos de las inmigrantes víctimas de violencia de género, especialmente en el caso de las mujeres reagrupadas en España por su agresor y las que se encuentran en situación irregular. "La escasa atención prestada a sus necesidades en el desarrollo de la Ley Integral y las trabas creadas por algunas normas dictadas posteriormente son la causa principal de que encuentren obstáculos en la búsqueda de asistencia, protección y justicia ante la violencia que sufren", ha asegurado Naredo.
Difícil acceso a los recursos y la Justicia
Tener que acreditar la condición de víctima de violencia de género únicamente a través de la denuncia o de la orden de protección concedida como requisito para acceder a centros de acogida o servicios de tratamiento psicológico prolongado, es un obstáculo para aquellas mujeres que por miedo u otras circunstancias no interponen la denuncia. La consecuencia es que las mujeres con más necesidad de un apoyo especializado son derivadas a recursos que no les sirven.
A pesar de que la Ley Integral prevé para las víctimas de violencia de género el derecho a "recibir plena información y asesoramiento adecuado a su situación personal, a través de los servicios, organismos u oficinas que puedan disponer las Administraciones Públicas", existen deficiencias en el acceso a la información de las mujeres inmigrantes sobre los derechos que les asisten y los recursos de los que pueden disponer. AI ha documentado casos en los que no se ha garantizado la asistencia de intérpretes en dependencias policiales (en ocasiones sustituido por la traducción de un familiar o acompañante de la propia víctima) cuando una mujer que acude a denunciar se expresa con dificultad en el idioma oficial. A lo largo del proceso judicial parece estar garantizada la asistencia de intérpretes, pero no la formación de los mismos en violencia de género. AI ha presentado ejemplos en los que la víctima no se sintió entendida y bien interpretada, e incluso algunos en los que se sintió juzgada y fue recriminada por el intérprete.
La ONG denuncia así mismo que sigue en vigor una instrucción de la Secretaría de Estado de Seguridad, dictada en el desarrollo de la Ley Integral, que ordena a los agentes policiales que, además de seguir el protocolo común de trato a víctimas de violencia de género, ante la llegada de una víctima extranjera averigüen si su situación es irregular y, en ese caso, sigan un procedimiento que puede derivar en un expediente sancionador, e incluso en una expulsión.
Medidas
Por último, AI pide que se supriman todas estas "desventajas y obstáculos" que, a su juicio, sufren las mujeres inmigrantes víctimas de la violencia de género. Para ello reclama medidas tales como la creación de mecanismos alternativos a la denuncia y la orden de protección para acreditar la condición de víctima de violencia de género, y la reforma del Reglamento de Extranjería para que las autorizaciones de residencia, tanto a mujeres reagrupadas por su agresor como por circunstancias excepcionales, lleven aparejada una autorización de trabajo, así como la retirada de la Instrucción 14/2005 de la Secretaría de Estado de Seguridad.
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